El salario básico unificado (SBU) en el Ecuador es la referencia para calcular tarifas de multas, pagos de pensiones alimenticias, infracciones de tránsito, regulaciones laborales, aportes al seguro social, entre otros rubros.
Desde este 1 de enero el SBU es de $425. El presidente Guillermo Lasso decretó un incremento de $25, que representa el 6,25% más del básico del 2021.
Con esta alza, el empleador debe destinar, además, cerca de $108 adicionales para el decimotercero y cuarto sueldo, fondos de reserva y aporte patronal al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
El incremento, que es una oferta de campaña electoral de Lasso, no va a impactar a las grandes empresas, porque en su gran mayoría, sus trabajadores reciben un salario superior al básico; sin embargo, a quienes sí va a afectar es a las microempresas, a las pymes, a las más pequeñas y especialmente a las trabajadoras del hogar o empleadas domésticas, señaló Vanessa Velásquez, abogada laboral.
Según el cálculo de la experta, una empleada doméstica le costará a cada hogar cerca de $600 mensuales. “Muchas de ellas tendrán reducciones de horarios, renegociaciones de contratos y eso va a contraer ese sector, y de igual manera en los emprendimientos, que pensarán mucho antes de hacer alguna contratación”, dijo.
El SBU también influye en la tabla de pensiones alimenticias. Es decir, se incrementa el monto de pago para los hijos.
En el nivel uno, que es el más bajo dentro de la tabla de pensiones alimenticias, se incluye a los padres que ganan solo el salario básico o quienes tienen ingresos parecidos no fijos. En este caso, si el hijo es menor a tres años, al progenitor le corresponde pagar el 28,12% del ingreso, lo que corresponde a $119,51.
En cambio, si el niño es mayor a tres años, el valor aumenta a $125,33. Mientras más hijos tenga el padre sujeto al pago de pensión alimenticia, mayor es su contribución. Por ejemplo, un padre con tres o más hijos mayores a tres años y que gane el sueldo básico debe pagar $230,47, esto representa el 54,23% del SBU.
Las multas de tránsito también se incrementan. Por ejemplo, el pago por no usar el cinturón de seguridad en Quito corresponde al 5% del SBU. Esto es $21,25.
Asimismo, cuando un conductor utilice el teléfono celular, sin el dispositivo manos libres, la sanción económica es del 10% del SBU, esto es $42,50. Este mismo monto se aplicará a quienes invadan los carriles exclusivos, no transporten a los menores de edad en los asientos traseros, entre otras infracciones.
Las personas que manejen a exceso de velocidad deberán pagar $127,50, que equivale al 30% del salario básico.
En Quito, se aplica también multas a quienes no respeten la restricción vehicular del Pico y placa en los horarios y días correspondientes.
Los conductores que incumplan esta normativa deben pagar por primera vez el 15% del SBU, que corresponde a $63,75. Si irrespeta por segunda ocasión tendrá que cancelar el 25% de esa remuneración, es decir $106,25; y en caso de no acatarla en una tercera vez le impondrán una sanción del 50% del básico, que es $212,5.
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