La Administración Tributaria actualizó el miércoles, 28 de diciembre de 2022, la tabla para el pago del Impuesto a la Renta (IR) que regirá en 2023. En el documento se establece que las personas que pagarán este tributo serán aquellas que ganen más de $11 772 al año.
La fracción básica aumentó respecto al 2022, que es de $11 310. En la resolución del Servicio de Rentas Internas (SRI) se explica que estos cambios se realizan con la información del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) referente a las variaciones anuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Área Urbana de noviembre.
El impuesto a la renta del 2023 se debe declarar y pagar en marzo del 2024. Si los ingresos fueron menores a $11 772, solamente se declaran; y si fueron mayores, se pagan.
Los contribuyentes que laboren bajo relación de dependencia y tengan ingresos anuales superiores a $11 772 deben presentar el formulario de proyección de gastos personales hasta el 31 de enero de 2023. La retención, en este caso, se hace de forma mensual.
Aunque la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, vigente desde el 29 de noviembre del 2021, eliminó la deducción de gastos personales como se la conocía anteriormente, este formulario es necesario para calcular el valor de rebaja del impuesto y de las retenciones mensuales de IR.
La proyección de gastos para el 2023 puede hacerse en cinco rubros: vivienda, salud, alimentación, vestimenta y turismo y educación, que incluye arte y cultura. El límite total de gastos personales es equivalente al valor de siete canastas familiares básicas al año, señaló Javier Bustos, experto en temas tributarios.
Es decir, el próximo año, el límite total de gastos personales será de $5 327,98. El INEC determinó que la canasta familiar básica llegó a $761,14, en noviembre pasado. Los gastos serán deducibles si se realizan en el país y están sustentados con comprobantes de venta o facturas.
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