El presidente Daniel Noboa vetó el 9 de julio totalmente el proyecto de Ley Reformatoria a Varias Leyes para la Estabilidad de la Seguridad Social en Ecuador, una iniciativa que fue del titular de la Asamblea, Henry Kronfle.
Este proyecto de ley fue aprobado el 6 de junio de 2024 con 74 votos a favor y buscaba asegurar “la estabilidad y la eficiencia de la administración del Sistema de Seguridad Social, a través de una gestión transparente de los fondos de los afiliados”.
¿Qué proponía este proyecto de ley?
Temas como estos:
1) Que el BIESS pueda contratar una empresa, nacional o internacional, que cuente con capacidad y experiencia específica en asesoría en banca de inversión enfocada a sistemas de pensiones o seguridad social. La asesoría incluía como mínimo el análisis de riesgos, rentabilidad, seguridad, liquidez y diversificación de las inversiones que realice el Banco.
2) Crédito semilla a emprendedores o pequeñas empresas para financiar sus actividades iniciales o de arranque en condiciones favorables, con tasas de interés más bajas y plazos de pago más largos que los préstamos comerciales tradicionales.
3) Que el BIESS transparente sus inversiones a través de la publicación permanente de todo el detalle de cada una de sus inversiones y de ser posible con indicación de la tasa de rendimiento, plazo, monto, nivel de rendimiento, análisis de riesgo y beneficiario de la información.
¿Por qué se opuso el Gobierno?
Hubo objeción al punto uno y tres señalados anteriormente. Por ejemplo, se indica que “la publicación de la información de todas y cada una de las inversiones se contrapone al principio de reserva y sigilo sobre los activos de las instituciones financieras, tanto públicas como privadas…”.
Henry Kronfle consideró este veto como una acción “contra el pueblo” y “un golpe a los bolsillos de los ciudadanos”. “La actual administración quiere mantener como caja chica la plata de los afiliados y jubilados al IESS”, publicó.
Con el veto total, la Asamblea no puede tratar este proyecto de ley después de un año a la fecha de objeción. Transcurrido este plazo, la Asamblea Nacional podrá ratificarlo en un solo debate, con el voto favorable de la mayoría calificada de sus miembros, y lo enviará inmediatamente al Registro Oficial para su publicación.
Texto original de Ecuavisa
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