«La concesión del asilo diplomático ( a Jorge Glas) constituye un acto ilícito del Estado que lo concede, apoya una evasión a la justicia del Estado ecuatoriano y promueve la impunidad». Con ese mensaje, la Cancillería de Ecuador reiteró, este viernes 5 de abril del 2024, que no otorgará el salvoconducto para que Jorge Glas salga de la Embajada de México y viaje a ese país, que le otorgó asilo político.
«El Ecuador reitera que no otorgará salvoconducto alguno, ya que no procede», dice el comunicado. Este hace mención a la Convención sobre Asilo Político de 1933 y la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954.
Esto se da horas después de que la Cancillería mexicana anunció por medio de un comunicado que otorga el asilo político al exvicepresidente de Ecuador, condenado por corrupción. La Cancillería ecuatoriana dijo que se encuentra a la espera de la notificación oficial por parte del Gobierno de México sobre esta decisión.
La Cancillería de Ecuador señala que remitió información a la Embajada de México. Se trata de la proporcionada por la Corte Nacional de Justicia y la Fiscalía sobre las sentencias condenatorias dictadas en contra de Jorge Glas por los delitos de asociación ilícita y cohecho.
A lo anterior se suma la orden de captura dispuesta por la Corte Nacional de Justicia en contra del exvicepresidente, dentro de una causa por el delito de peculado. Además, la Cancillería recordó que el 28 de febrero del 2024, la Corte Constitucional declaró improcedente la acción de medidas cautelares autónomas presentada por Glas.
El artículo III de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y el artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933 «establecen claramente que no es lícito conceder asilo a personas condenadas o procesadas por delitos comunes y por tribunales ordinarios competentes, dice la Cancillería ecuatoriana.
Con base en esas Convenciones, además, la Cancillería sostiene que el Gobierno de México tiene la obligación de entregar a Jorge Glas para que sea puesto a disposición de los tribunales de justicia de Ecuador.
Sobre el exvicepresidente Glas pesan dos sentencias condenatorias ejecutoriadas por actos de corrupción. La primera condena fue de seis años por asociación ilícita, en el caso Odebrecht, y la segunda fue de ocho años por cohecho, en el caso Sobornos.
En enero de 2023, la jueza Melissa Muñoz aceptó el pedido de unificación de penas de Glas. Por lo tanto, él ya no tenía que completar su sentencia de seis años de cárcel por asociación ilícita, sino solo debía cumplir la condena de ocho años por cohecho.
Por otra parte, el exmandatario está procesado por presunto peculado en el caso Reconstrucción de Manabí. Por este caso, la Corte Nacional de Justicia emitió una orden de captura en contra del exfuncionario correísta.
En esta causa, Fiscalía determinó la presunta existencia de un abuso de dinero público en beneficio de terceras personas, que fueron contratistas y fiscalizadores de contratos suscritos en el marco de la emergencia por el terremoto de Manabí del 16 de abril de 2016.
Glas también afronta una denuncia por supuesta intimidación, planteada por su exasistente Soledad Padilla.
Además, el exvicepresidente fue sentenciado a ocho años de prisión por presunto peculado en el caso Singue. En esta causa se investigaron supuestas irregularidades en la adjudicación del contrato para la extracción de petróleo en el campo Singue, durante el gobierno de Rafael Correa.
Sin embargo, el 10 de noviembre de 2022, un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia declaró nulo todo lo actuado en el proceso judicial. Por lo que la sentencia de Glas y otras personas quedó insubsistente.
Seis meses después de la declaración de nulidad del caso Singue, la Fiscalía General del Estado reabrió la investigación previa por esta misma causa en contra de 14 personas, entre ellas, Jorge Glas.
Texto publicado en Teleamazonas
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