En Quito, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) realizará un operativo de control de velocidad de vehículos este sábado 14 de septiembre del 2024. Esa entidad además definió la hora y el lugar en donde realizaran esta intervención.
El operativo se desarrollará en la avenida Panamericana Norte y Leonidas Proaño (sentido occidente-oriente). La AMT informó que los controles se aplicarán de 09:00 a 10:00.
«Este sábado 14 de septiembre, el dispositivo preventivo de reducción de velocidad será en la av. Panamericana Norte y Leonidas Proaño», señaló la institución a través de sus redes sociales.
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🚨 Este sábado 14 de septiembre, el dispositivo preventivo de reducción de velocidad será en la 🛣️ av. Panamericana Norte y Leónidas Proaño.
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El último control de velocidad preventivo se desarrolló el jueves 12 de septiembre del 2024, en la Ruta Viva, sector Tumbaco. Según informó la AMT, 10 conductores excedieron el límite permitido de velocidad. Incluso, uno de ellos alcanzo 108 km/h. Al ser preventivo, esos conductores no fueron sancionados.
En cambio, por disposición del alcalde de Quito, Pabel Muñoz, los dos últimos días de cada mes los controles serán probablemente sancionatorios para todo tipo de vehículos.
Por ejemplo, la tarde del 29 de agosto de 2024, la Agencia Metropolitana de Tránsito realizó un operativo sancionatorio en las avenida Quitumbe Ñan y Cóndor Ñan, en el sur de Quito. Los agentes estuvieron en el lugar desde las 17:00 hasta las 18:00 para el control.
Cinco conductores excedieron el límite de velocidad en el sur de la capital. La AMT informó que solamente cuatro conductores recibieron una citación por haber cometido la infracción y uno se desvió antes del control. Sin embargo, no hubo detenidos.
El límite de velocidad establecido para circular en vías urbanas es 50 kilómetros por hora para vehículos livianos y 40 Km/hora para el transporte pesado.
Los ciudadanos que excedan los límites enfrentarán una sanción económica de 138 dólares, equivalente al 30% de un Salario Básico Unificado (SBU). Así se establece en el artículo 389, numeral 6 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Quienes sobrepasen el rango moderado (60 km/h en vía urbana) recibirá una sanción de tres días de cárcel, una multa de 460 dólares, equivalente a un SBU, además de la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir, según el artículo 386-1 del COIP.
Texto Teleamazonas
https://www.teleamazonas.com/horario-sector-control-velocidad-quito-14-septiembre/
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