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Noboa vetó totalmente reformas a Ley de la Función Judicial

jueves, mayo 23, 2024
La reforma a la Ley modifica el artículo 258 de COFJ y señala: “En caso de que la ausencia temporal se deba al cumplimiento de prisión preventiva o arresto domiciliario despuestos por jueza o juez competente, la o el vocal podrá solicitar acogerse al régimen de licencia sin sueldo por el tiempo máximo establecido en este Código”
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“No, veto total”. Con esta frase, el presidente de la República, Daniel Noboa se adelantó a lo que sería su pronunciamiento, como colegislador, respecto de una reforma al proyecto de Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) que incluyó la Asamblea Nacional para que se otorgue una licencia a los vocales del Consejo de la Judicatura que tengan prisión preventiva.

La reforma a la Ley modifica el artículo 258 de COFJ y señala: “En caso de que la ausencia temporal se deba al cumplimiento de prisión preventiva o arresto domiciliario despuestos por jueza o juez competente, la o el vocal podrá solicitar acogerse al régimen de licencia sin sueldo por el tiempo máximo establecido en este Código”.

El pronunciamiento previo del Jefe de Estado que fue publicada en la red social Tik Tok y compartida en el chat de prensa de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia de la República (Segcom), llegó acompañada del mensaje:  “La nueva alianza que busca la impunidad, revisa quiénes son porque en el nuevo Ecuador no hay espacio para ellos”.

En el mensaje en la red social se adjunta una imagen de la Asamblea Nacional, y del registro de la votación electrónica del 21 de mayo de 2024, que, con 92 votos afirmativos, el Legislativo aprobó la reforma a un artículo del Código de la Función Judicial.

 

Texto publicado en La Hora

https://www.lahora.com.ec/pais/daniel-noboa-presidente-republica-anticipa-veto-reforma-funcion/

 

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