Pasado el mediodía del jueves 2 de mayo de 2024, la Unidad Judicial del Norte de Quito, presidida por el juez Francisco Chacón Ortiz, aceptó las medidas cautelares que fueron presentadas para impedir la restricción al acceso de alimentos en las cárceles del país. Así lo confirmó Fernando Bastías Robayo, miembro del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh).
La solicitud fue planteada por varios organismos de derechos humanos, el pasado 24 de abril. La idea es obtener una respuesta institucional a la problemática de alimentación que se vive en los centros de rehabilitación social. A la par, se desarrolló en los exteriores del Complejo Judicial Norte un plantón en favor de la vida de las personas privadas de libertad, organizado por sus familiares.
En la diligencia de hoy participaron los representantes de las organizaciones, familiares de presos, así como delegados del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), Ministerio de Finanzas, la Procuraduría General del Estado, entre otras entidades.
En este caso -explicó Bastías- se identificó que hubo problemas en la entrega de alimentación a determinados centros penitenciarios debido a una falta de pago y problemas contractuales con el SNAI. Además, se generaron otras vulneraciones de derechos constitucionales. Por ejemplo, la falta de comida afectó en la salud de las personas privadas de la libertad.
La medida cautelar tiene como fin interrumpir la vulneración de derechos constitucionales. En ese sentido, las organizaciones buscan que el SNAI permita el ingreso de comida y medicinas porque esa entidad no ha podido garantizar los derechos de salud, alimentación y la integridad física y psicológica de los internos de las cárceles.
Los representantes de las organizaciones defensoras de derechos humanos indicaron que los familiares de los presos han gestionado las donaciones de alimentos para los centros de rehabilitación, los cuales han sido retenidos sin ingresar a las prisiones. Además, se resaltó como esto ha afectado la salud de la población penitenciaria, aumentando así el número de enfermedades estomacales.
Al mismo tiempo, se ratificó que la privación de alimentos es parte de una de las tantas torturas que reciben las personas en los centros. De modo que, se pidió dictar de manera urgente las medidas cautelares para prevenir daños en el contexto actual y a futuro.
Desde el SNAI se aseguró que ninguna zona se ha quedado sin comida, y que fue hasta el 30 de abril que en la Zona 1 hubo el último ingreso de la empresa Laffattoria para la distribución de víveres. Desde el 1 de mayo, esta empresa se retiró por la falta de pago por parte del Ministerio de Finanzas. Pese a este inconveniente, se ha trabajado con centros pastorales e instituciones privadas para la recepción de donaciones.
Con base en lo argumentado, el juez dictó las medidas cautelares y decretó que, en 15 días, el Ministerio de Economía y Finanzas proporcione los fondos al SNAI para que esta institución pueda cubrir con los procesos de contratación de alimentación.
Finalmente, se dispuso que el Ministerio de Finanzas y la SNAI adoptaran mecanismos para mejorar la coordinación y el cumplimiento de los pagos y se informará de esto en un plazo de tres meses.
¿Qué pasará en los próximos 15 días?
Los privados de libertad aún deben esperar 15 días para la distribución alimentaria en los centros. De modo que el juez resolvió que la SNAI debe aceptar las donaciones gestionadas por los familiares, y debe facilitar la entrada de los alimentos a los centros de rehabilitación.
Texto original de Ecuavisa
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