La Corte Constitucional del Ecuador (C.C.) inadmitió las seis demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el Decreto Ejecutivo Nro.741, con el cual se ejecutó la muerte cruzada para disolver la Asamblea Nacional. De esta forma, se ratifica la legalidad de la medida aplicada por el presidente de la República, Guillermo Lasso.
El jueves 18 de mayo de 2023, los tres tribunales que conforman la Sala de Admisión de la C.C., integrados por las juezas y jueces de este Organismo, emitieron seis autos en los que se analizaron las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra del Decreto. En todos los autos, los tribunales decidieron por unanimidad rechazar las demandas de inconstitucionalidad.
Como consecuencia de la decisión de rechazar las demandas de inconstitucionalidad, también se rechazaron los pedidos de que la Corte adopte medidas cautelares con el fin de suspender provisionalmente los efectos del Decreto impugnado.
En los seis autos emitidos se recalca que ni la Corte Constitucional ni otra autoridad judicial en el país “tienen competencia para pronunciarse respecto de la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna, invocada por el Presidente para disolver la Asamblea Nacional con fundamento en el artículo 148 de la Constitución”.
El Decreto Ejecutivo 741, con el cual el presidente Guillermo Lasso disolvió la Asamblea y convocó a elecciones generales, acumuló seis acciones de inconstitucionalidad en menos de 48 horas de vigencia. .
La más reciente fue presentada en horas de la mañana de este jueves 18 de mayo del 2023, por el Frente Popular y la Unión Nacional de Educadores (UNE). El argumento es que “no existe conmoción social”, como justifica Lasso, para aplicar esta medida.
Nelson Erazo, uno de los dirigentes del Frente, manifestó que si el Decreto pasa el filtro de la Corte, la organización participará de las próximas elecciones. Además, descartó alianzas con el correísmo o la derecha del país. En los comicios del 2021, el representante no obtuvo una curul para el Parlamento.
Otra provino del abogado Carlos Alvear y otras tres personas, que exigían a la Corte otorgue medidas cautelares para frenar esta medida.
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