Los trabajadores, públicos o privados, que opten por durante el 25 de mayo, establecido como día de asueto en la Ley de Feriados, recuperarán por dicha fecha el equivalente a dos días de las jornadas que estuvieron suspendidas como consecuencia de la pandemia del Covid-19, según una resolución del Ministerio de Trabajo expedida el viernes.
Según el Ministerio de Trabajo, debe existir un acuerdo de consenso para que empleadores y trabajadores decidan si optan por trabajar o no el lunes 25 de mayo, por la recordación de la Batalla del Pichincha del 24 de mayo. Según la Ley de Feriados, se traslada la fecha al día siguiente laborable como una forma de incentivar el turismo.
La resolución fue emitida luego de que la ministra de Gobierno, María Paula Romo, asegurara que no es momento para feriados, porque el país necesita trabajar.
El articulo 3 del documento dice que los servidores públicos, cuyas jornadas laborales estuvieron suspendidas de manera emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria ante la pandemia del Covid-19, podrán acordar con la máxima autoridad institucional laborar de manera presencial o teletrabajar de conformidad con sus actividades el día 25 de mayo del 2020, con el fin de aportar con la reactivación económica del país.
Quienes opten por trabajar el 25 de mayo podrán recuperar por dicha fecha el equivalente a dos días de las jornadas que estuvieron suspendidas como consecuencia de la pandemia.
En el sector privado, los trabajadores podrán acordar con su empleador laborar de manera presencial o teletrabajar de conformidad con sus actividades el día 25 de mayo del 2020. Quienes opten por esta opción podrán recuperar por dicha fecha el equivalente a dos días de las jornadas que estuvieron suspendidas como consecuencia de la pandemia.
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