SUGIERE LOS 4 TEMAS PARA UN GRAN DIÁLOGO NACIONAL
A [email protected],
Y A NUESTRAS REDES SOCIALES. SÉ PARTE DEL CAMBIO EN EL PAÍS
El Concejo Metropolitano de Quito aprobó una ordenanza que establece las reglas que las personas deberán acatar al salir al espacio público, así como las multas y sanciones para los contagiados que incumplan el aislamiento domiciliario por la pandemia del Covid-19. La nueva normativa contempla 10 reglas de conducta, prohibiciones y sanciones, según el portal web de El Comercio.
Toda persona que transite o realice actividades de cualquier tipo en el espacio público deberá obligatoriamente llevar mascarilla. También las personas que viajen en vehículo, quienes usen moto, bicicleta o medios de transporte no motorizados. Todos los pasajeros de vehículos deberán usar esta protección sin importar si son familiares o viven en la misma casa.
Las personas están obligadas a llevar siempre la cédula de ciudadanía, de identidad u otro documento oficial que permita identificarla. Quien no acate estas disposiciones será sancionada con una multa equivalente al 25% de un salario básico unificado, es decir $100. Si es reincidente, deberá pagar el doble. Si los infractores son menores de edad, la multa deberá ser pagada por sus padres o representantes legales.
El Municipio deberá dotar de mascarillas de forma gratuita a los grupos de atención prioritaria, en la medida de sus posibilidades económicas y operativas. Y deberá entregar todos los implementos de protección a personal en primera línea de atención de la emergencia: mascarillas, gafas de protección, trajes de bioseguridad y demás material de protección.
Las personas diagnosticadas con Covid-19 y quienes se encuentren en aislamiento obligatorio no podrán utilizar los bienes de uso público. Solo podrán salir a las calles para ir a los controles médicos y es preferible que lo hagan en vehículos de emergencia y con todas las seguridades.
Los contagiados solo podrán salir de sus viviendas o centros médicos, cuando haya culminado el aislamiento, siempre y cuando tengan el certificado de haber sido dado el alta epidemiológica. El paciente diagnosticado positivo, que incumpla esta normativa, será sancionado con una multa equivalente a 1,5 salarios básicos unificados, es decir $600. Si reincide la multa será de $1.200.
¿Ya conoces nuestro canal de YouTube? ¡Suscríbete!
Pensando con propósito en el Ecuador 2035
Democracia: Los puntos sobre las íes
Propuestas universitarias para un Ecuador energético sostenible
El sobrepeso y la obesidad: El gran desafío de la actualidad
La dolarización: ¿Un cuento?