El viceministro de Finanzas, Fabián Carrillo, anunció que el Gobierno analiza imponer impuestos a servicios de la economía digital, como Netflix, Uber, Cabify o Spotify. Para el viceministro, son actividades que deben ser formalizadas, al compararlas con las de los proveedores de televisión por cable, por ejemplo, que ofrecen sus servicios en términos tributarios y laborales, y societarios.
La discusión no es nueva ni en América Latina, peor en el mundo. Pero la pregunta sigue siendo: ¿quién va a cargar con los impuestos a servicios digitales: el usuario o la plataforma? El año pasado Chile discutió una reforma tributaria que planteaba cobrar impuestos a plataformas de streaming como Netflix, HBO Go y Spotify, así como a las que son gratuitas para los usuarios pero captan ingresos por publicidad, como el buscador Google, Facebook, Twitter e Instagram, que cobran por campañas publicitarias de sus usuarios, empresas o personas.
La reforma, que todavía es motivo de discusión, planteaba no gravar a los usuarios y para ello propuso que las instituciones, a través de las que se hacen los pagos, retengan el 10% del pago bruto al prestador de servicios de entretenimiento.
“Nosotros vamos a gravar la transacción y eso tendrá que distribuirse; y esperamos que una parte lo absorba la empresa (…) no que todo que el costo lo asuma el usuario- dijo en marzo de este año el ministro de Hacienda de Chile, Felipe Larraín, al defender la reforma tributaria de Sebastián Piñera-. Eso es lo que nosotros esperamos”.
Es evidente que los sistemas tributarios no se encuentran adaptados a las nuevas formas de hacer negocios en el mundo digital. El sistema fiscal internacional está asentado en la premisa de que para pagar impuestos en un país se debe tener presencia física en ese país y los gigantes tecnológicos pueden tener actividad en casi todos los países del mundo sin una presencia física, sin una sola oficina abierta, sin pagar a un conserje para que haga la limpieza, sin ningún trabajador. Eso, según los expertos que tratan el tema, genera competencia desleal con empresas que prestan servicios similares, pero con presencia física en los países.
Las cifras frías lo dicen todo. Según la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), en 2010 en Ecuador había 804.091 cuentas con acceso a Internet, en 2010 la cifra llegó a 10’972.928. El número de suscriptores a la televisión pagada, en ese mismo período, pasó de 324.550 a 1’287.150. En 2015 alcanzó su pico máximo con 1’351.470 suscriptores, pero desde entonces su caída ha sido permanente.
El tema ha llegado a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) donde se intenta proponer una solución global al tema tributario sobre las plataformas digitales como el considerar a esas multinacionales como unificadas, no filiales, según el país donde operan, obligadas a pagar un impuesto de entre un 20% y 25% para evitar el traslado de beneficios entre jurisdicciones. Bruselas ha propuesto establecer un tributo del 3% sobre los ingresos de aquellas empresas que facturen por encima de los 750 millones de euros.
En América Latina, Argentina ha sido el primer país en considerar a los choferes de Uber como trabajadores dependientes de esa plataforma y por lo tanto está obligada a tributar las cargas sociales. Y ha determinado que el IVA correspondiente a servicios prestados por determinadas plataformas sea retenido por los bancos que cobran esos servicios en sus tarjetas de crédito.
Es indudable que las nuevas tecnologías han generado cambios en las formas de consumo. En Chile se habla todavía de la quiebra de las zapaterías que no pueden competir con las tiendas digitales. Pero ningún país ha logrado todavía hallar una fórmula unilateral, puertas adentro, justa para que esas multinacionales no trasladen todos los impuestos directos o indirectos a sus usuarios convirtiendo el remedio en algo peor que la enfermedad.
La pregunta sigue siendo, ¿quién va a cargar con el impuesto a Netflix, el usuario o la plataforma de streaming?
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