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El Código Ingenios crea nuevas entidades burocráticas para la investigación científica

martes, octubre 11, 2016
El Pleno de la Asamblea aprobó en segundo debate el proyecto de Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, conocido como Código Ingenios, con 88 votos a favor, 22 negativos y una abstención. La normativa pretende modificar el uso, aprovechamiento y distribución del conocimiento, a través de la implementación de reglas jurídicas y […]
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El Pleno de la Asamblea aprobó en segundo debate el proyecto de Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, conocido como Código Ingenios, con 88 votos a favor, 22 negativos y una abstención.

La normativa pretende modificar el uso, aprovechamiento y distribución del conocimiento, a través de la implementación de reglas jurídicas y condiciones necesarias para el acceso equilibrado a los beneficios de este bien, según un comunicado de la Asamblea.

El Código Ingenios tiene por objeto normar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales y su articulación con los sistemas de Educación, Educación Superior y Cultura. Incluye normativa sobre propiedad intelectual.

En el libro I se incorporaron observaciones relacionadas con los deberes y atribuciones de la entidad rectora del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología Innovación y Saberes Ancestrales; la Autoridad Nacional Competente en materia de derechos intelectuales; las atribuciones de las entidades encargadas de la gestión de la propiedad intelectual y de la protección de los conocimientos tradicionales.

En el Libro II constan los registros de los actores relacionados con la investigación; los permisos para realizar actividades de investigación científica; carrera de investigación científica; parámetros para la acreditación de los investigadores científicos; propiedad de los bienes adquiridos a través del financiamiento de la investigación; emprendimientos innovadores; incubación de emprendimientos innovadores; acreditación de las entidades que participan en el proceso de innovación social; régimen de licencias; comisiones de servicio y permisos; fondos destinados a apoyar la investigación.

En el Libro III obras derivadas; derechos exclusivos del autor; derechos de remuneración equitativa; medidas tecnológicas de protección; las limitaciones y excepciones de los derecho autor; derechos exclusivos de artistas, intérpretes, ejecutantes, productores, fonogramas, organismos de radiodifusión; acceso a la mediación; beneficios de la investigación y regalías realizadas en centros educativos y de investigación, entre otras.

La oposición votó en contra del proyecto cuestionando la inclusión de las reformas a la Ley Orgánica de Educación Superior en el proyecto de Código de Ingenios que fueron presentadas por René Ramírez en julio pasado para eliminar los fines de lucro en las universidades privadas del país.

El proyecto será remitido al Ejecutivo para que lo apruebe o lo vete parcial o totalmente. (I)

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