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Código Ingenios: más regulación, menos innovación

Jorge Calderón Salazar
Universidad de Especialidades Espíritu Santo
miércoles, diciembre 14, 2016
El Código Orgánico de la Economía Social del Conocimiento, conocido como Código Ingenios, busca generar un entorno legal para el desarrollo y protección de inventos y demás producciones realizadas en el Ecuador. Sin embargo, este mismo Código desalentaría el emprendimiento porque plantea artículos que se contraponen con el desarrollo de la industria de software, por […]
Tiempo de lectura: 3 minutos

El Código Orgánico de la Economía Social del Conocimiento, conocido como Código Ingenios, busca generar un entorno legal para el desarrollo y protección de inventos y demás producciones realizadas en el Ecuador. Sin embargo, este mismo Código desalentaría el emprendimiento porque plantea artículos que se contraponen con el desarrollo de la industria de software, por ejemplo, el artículo 111 de la normativa dispone el 10% irrenunciable de los beneficios derivados de explotación de la obra para los empleados, aún cuando el cliente tenga la titularidad. ¿En qué consiste esto? Cuando un cliente contrata servicios particulares para el desarrollo de un software, cancela por el servicio que va a percibir, y con ello, el 100% de la titularidad de la obra, no el 90% como pretende el Código.

Esto llevaría a que la industria de software no despegue y pierda competitividad con sus pares latinoamericanos. Incluso las empresas extranjeras asentadas en el Ecuador preferirán contratar proveedores extranjeros, para así contar con el 100% de la explotación, derivada de la titularidad, trayendo consigo la pérdida de puestos de trabajos locales en dicha industria. Cabe señalar que la relación empleado – empleador queda establecida en el contrato que los relacionan, y por lo tanto, no debería existir apartados legales en otros cuerpos jurídicos que altere dicha relación. En el largo plazo se verá una caída en la demanda de las carreras de ingeniería de sistemas (y relacionadas) en el país, producto de la reducción de las plazas de trabajo en tan exitoso sector como es el de software hoy en Ecuador.

Es importante precisar que no solo afecta a la industria de software, sino también a todo tipo de empresa cuyo pilar fundamental sea la propiedad intelectual, por ejemplo, un cliente que contrata el diseño de un logo, una campaña, un video, el diseño de una maquinaria, un jingle, etc.

El Código también motiva al Estado solo a comprar software libre, reduciendo los incentivos de la industria para innovar e investigar, reduciendo el nivel de beneficios que se perciben actualmente por parte de las empresas solicitantes de estos servicios.

Si existe interés por promover la industria local debería priorizarse la adquisición y uso de software con base a origen ecuatoriano. Esto sí permitiría potenciar a la industria.

Existe la idea errónea de que quienes generan las licencias quieren desarrollar y preservar monopolios. No obstante, lo que se espera de alguien que se preparó, adquirió conocimientos, destrezas y habilidades, y desarrolla algún invento, es obtener algún beneficio derivado del esfuerzo, dedicación y recursos que invirtió.

Debemos tener presente que quienes desarrollan software, solo por situarnos en un sector, asumen riesgos de todo tipo (personales, financieros, etc.), porque se trata de un emprendedor. La propuesta le afectará en lo financiero y en lo patrimonial lo que generará una reducción significativa de las ventas, así como también el valor de las empresas. Esto podría generar una alarmante “fuga de cerebros” puesto que para muchos emprendedores, estas regulaciones podría significarles una dificultad para mantenerse en el negocio, mientras operen en Ecuador.

Pero no solo el sector privado se verá afectado, también el mismo Estado cuando contrate el diseño de planos, logos, software, etc., y cuando el mismo se empiece a explotar, pues deberá conceder el 10% de dicha explotación a quien(es) lo(s) desarrolla(ron).

El trámite del Código Ingenios se agilizó en la Asamblea Nacional, entre otras cosas, por la firma del Acuerdo Multipartes con la Unión Europea, pues parte de los requisitos de este bloque económico fue las consideraciones a la propiedad intelectual, haciendo énfasis en el uso y explotación de patentes, el tipo de recursos que dan origen a las patentes que se van a generar, la forma en que se reparten las utilidades derivados de la explotación de la misma, entre otros aspectos.

El Código Ingenios va más allá de lo que inicialmente se esperaba. Hay que tener cuidado en las entrelíneas que existen allí y considerar las implicaciones en sectores competitivos del país.

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