El presidente del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs), Andrés Fantoni, envió un documento a la Corte Constitucional con el cual aduce que la designación de Mario Godoy como presidente del Consejo de la Judicatura incumple la sentencia 1219-22-EP de su jurisprudencia y pide que se active una fase de seguimiento.
Dicha sentencia (1219-22-EP) se deriva de una acción extraordinaria de protección que presentó Álvaro Román y en la cual la Corte Constitucional dictaminó el 26 de septiembre de 2022 que él debe fungir como presidente suplente del Consejo de la Judicatura.
“Se aclara que el CPCCS únicamente designará al titular de dicho organismo, ya que el señor Álvaro Román Márquez mantiene su calidad de vocal suplente de quien presida dicho organismo, y deberá reemplazarlo en caso de ausencia temporal; ante ausencia definitiva, se seguirán los parámetros de esta sentencia, en caso de ser necesario, hasta que concluya el periodo para el que fue nombrado”.
Puntualmente, lo que se argumenta es que, con base en los procedimientos de esa sentencia, se habría actuado de manera ilegítima al pasar a la reconsideración de la votación que tumbó la designación de Dunia Martínez y luego, en una segunda votación, se escogió a Mario Godoy como titular de la Judicatura.
De esto ya hubo un precedente, indica el documento, cuando siete exconsejeros del Cpccs fueron destituidos por la Corte Constitucional por incumplir con la designación del presidente de la Judicatura.
“Vicios de nulidad en la reconsideración de la votación”
Fantoni sostiene que en la reconsideración de la votación participó Augusto Verduga y Nicole Bonifaz, cuando ellos no participaron de la primera votación.
En el caso de Verduga se expone:
“… el consejero Verduga se encontraba en goce de licencia por paternidad y en su lugar se encontraba principalizado el consejero Albán, quien pese a estar convocado a la sesión el consejero Verduga hizo caso omiso y votó para revisar una decisión que la emitió otra autoridad en legítimo uso de sus atribuciones y competencias, confundiendo el procedimiento parlamentario de la Asamblea Nacional con el procedimiento interno del Pleno del CPCCS, sin reparo alguno, suspendiendo su licencia de manera abrupta, que si bien es decisión voluntaria suya, provocó un vicio de nulidad de la segunda designación y un incumplimiento claro de la sentencia 1219-22-EP por medio de una votación planificada y deliberada previamente con los demás consejeros”.
Seguimiento a otros tres consejeros
El pedido de seguimiento también alcanza a las actuaciones de los consejeros Juan Esteban Guarderas, Yadira Saltos y Johanna Verdezoto, quienes:
“de una manera sistemática y deliberada con su votación secundaron la modificación de una designación de autoridad efectuada en cumplimiento de la sentencia 1219-22-EP, limitando el derecho de participación del Consejero Albán Molestina, anulando su decisión emitida en ejercicio legítimo de su cargo, utilizando nuevamente a la votación como instrumento para incumplir la sentencia 1219-22-EP, pese a que la misma tiene una prevención legal clara y constituye una decisión definitiva”.
Texto original de Ecuavisa
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