Tras la decisión del Consejo Nacional Electoral de repetir las elecciones para Asambleístas nacionales y para la circunscripción del exterior por problemas con el sistema del voto telemático, la Corporación Participación Ciudadana advirtió que la disposición del ente electoral contraviene lo estipulado en el Código de la Democracia.
A través de un comunicado emitido por PC, dieron a conocer el análisis del marco legal que estaría siendo vulnerado por las decisiones del Consejo Nacional Electoral, al tiempo que recomendaron dar mayor transparencia al proceso del voto en el exterior.
PC instó además al CNE a investigar con profundidad las fallas en el sistema del voto telemático. Investigación que debe realizarse “de manera inmediata, transparente, y en todas las esferas que corresponda, a fin de identificar las responsabilidades civiles, penales, electorales y políticas”.
📜Ante la decisión del @cnegobec, en torno a la Nulidad de las Elecciones en el Exterior, @ParticipacionPC manifiesta: https://t.co/JOpk1WsEGx
— Participación Ciudadana (@ParticipacionPC) August 31, 2023
Recomendaron además que los resultados de la auditoría e investigación, sean difundidos a la ciudadanía, opinión pública y actores políticos. “Por la gravedad de los hechos, la investigación y los resultados, deben ser públicos”, señala.
Para Participación Ciudadana “es imperioso que se transparente el proceso de contratación, entre la empresa que estuvo a cargo del voto telemático y el Consejo Nacional Electoral. Cualquier empresa beneficiaria del mencionado contrato debía obligatoriamente cumplir con los requisitos legales y de experticia que garanticen la transparencia del proceso”.
Participación Ciudadana alertó que las decisiones tomadas por la directiva del CNE van en contra de los lineamientos establecidos en el Código de la Democracia, por lo que pidieron a las autoridades del Tribunal Contencioso Electoral que tome celeridad las medidas necesarias para proteger el derecho al sufragio en el exterior.
La organización precisó que “la decisión adoptada por el Pleno del CNE, este 30 de agosto, en el sentido de anular las elecciones de asambleístas nacionales y del exterior en las jurisdicciones afectadas, y realizar nuevamente las elecciones de asambleístas en el exterior, en la Segunda Vuelta Electoral, es contraria con la normativa electoral, y, además, atentaría contra el principio de equidad en la competencia”.
Advirtieron que el CNE “violenta el Art. 89 del Código de la Democracia, que establece que las elecciones de Presidente y Vicepresidente, y asambleístas se realicen, de manera conjunta, en el mismo día”. Precisaron que el Código no prevé la posibilidad de elegir representantes a la Asamblea Nacional, en segunda vuelta.
Asimismo, indicaron que también se contravendría lo dispuesto en el Art. 148 del Código de la Democracia, que señala que el Consejo Nacional Electoral, “en caso de nulidad de las elecciones, dispondrá hasta dentro de diez días, que se repitan las elecciones, cuyas votaciones fueron anuladas. Por lo tanto, la propuesta del CNE de repetir las elecciones de asambleístas en el exterior, el 15 de octubre, en la segunda vuelta, viola lo señalado en el artículo 148”.
Para Participación Ciudadana, la medida también violenta el principio de equidad en la competencia, debido a que “los candidatos cuyos binomios participarán en esta segunda vuelta, tendrían ventaja competitiva sobre los candidatos a asambleístas, cuyos candidatos presidenciales no participan en segunda vuelta, y, por ende, no están en campaña”.
Pidieron al TCE que ante los recursos que se presenten ante la instancia puedan actuar con la mayor celeridad.
Expresaron en su comunicado que “algunas organizaciones han anunciado su decisión de objetar la resolución, argumentando, entre otros temas, las violaciones normativas por lo extemporáneo de la fecha de repetición. En tal sentido, de concretarse dichas acciones, el tema permanecería en suspenso, hasta una decisión final del TCE, lo cual podría ahondar la incertidumbre frente al proceso electoral. En tal sentido, instamos a la autoridad contencioso electoral, que, de concertarse alguna objeción, la resolución sea tomada de manera ágil y oportuna”.
Texto publicado en La Hora
¿Ya conoces nuestro canal de YouTube? ¡Suscríbete!
Aumento del salario: Cara o cruz
Con el décimo y otros bonos decembrinos, primero pague las deudas
Debates
Chancay: ventajas y desafíos
Oratorio de Noël, la obra coral se presenta en la Universidad Andina Simón Bolívar