Íñigo Salvador, procurador General del Estado, refirió este viernes, 6 de mayo del 2022, que al no ser notificada su institución sobre la audiencia de habeas corpus del exvicepresidente Jorge Glas, ya nulita la resolución.
La Procuraduría tiene tres argumentos principales para presentar en la audiencia de apelación.
La Procuraduría busca que se revoquen los efectos del habeas corpus para que el exvicepresidente vuelva a prisión.
Aún no hay fecha para la audiencia de apelación, debido a la solicitud presentada por el Servicio Nacional de Atención Integral a Privados de la Libertad (SNAI) sobre el habeas corpus otorgado a Glas el 9 de abril. Sin embargo, la Procuraduría prepara sus argumentos porque también ha solicitado ser parte de la apelación.
Ayer, 5 de mayo, la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena notificó que se realizó el sorteo de los tres jueces que conocerán el recurso de apelación.
Fundamentos de nulidad
“Pienso que, si los jueces de la Corte Provincial de Santa Elena juzgan en derecho este recurso de apelación, el señor Glas tendrá que volver al Centro de privación de libertad”, expresó Salvador.
Explicó que la Procuraduría debió ser notificada y citada a la audiencia de habeas corpus en Manglaralto, como sí ocurrió con el SNAI. No obstante, dijo, esta última institución no tiene personería jurídica propia por ser adscrita al Ministerio de Gobierno. Por lo tanto, la Procuraduría debía ser notificada.
“Solamente el hecho de no haber citado a la Procuraduría, determina que el proceso sea nulo, pues afecta la validez del proceso. Lo cual quiere decir que la resolución es nula”, así como sus efectos, sostuvo.
Con ello Glas tendría que volver a la cárcel, aclaró que “no está en libertad” sino que se le dieron medidas alternativas a la privación de la libertad. Tiene que presentarse periódicamente.
Dijo que las sentencias que pesan sobre Glas, implican la suspensión de sus derechos de ciudadanía. No puede aceptar contratos de trabajo ni ser candidato a alguna dignidad.
Fundamentos para la apelación
Otro fundamento para la apelación será la “incompetencia” del juez de Manglaralto, Diego Moscoso, quien concedió el habeas a Glas. Porque el recurso no fue presentado en el lugar donde el sentenciado se encontraba, en la cárcel de Cotopaxi. Actualmente, Moscoso está suspendido.
Un tercer argumento es respecto al sorteo para que Moscoso resuelva la causa. Efectuar un sorteo de forma manual y fuera de horario de oficina es “para direccionar los procesos hacia jueces que, de alguna manera, están comprometidos con el resultado de la causa”, expresó el Procurador.
“Hay la impugnación de los certificados médicos, pero el estado de salud es una cosa menor”, añadió. Precisó que el juez utilizó certificados emitidos por médicos externos a los del centro de salud de la penitenciaria.
Mientras tanto, se acerca el 11 de mayo, fecha en la que está prevista efectuarse la audiencia de apelación solicitada por Glas en el caso Singue.
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