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Las plataformas tecnológicas de transporte tienen luz verde para operar

jueves, junio 3, 2021
En el proyecto reformatorio de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial vetó parcialmente el artículo 46...
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El Presidente Guillermo Lasso vetó totalmente el proyecto de Ley Reformatoria de la Ley de Seguridad Social referente a la conformación del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por inconstitucional. Y vetó parcialmente el proyecto reformatorio de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Sobre la Ley Reformatoria de la Ley de Seguridad Social argumentó que en las normas que regulan la conformación del Consejo Directivo del IESS se crean diversos problemas. “Si bien la Ley propuesta crea un mecanismo que permite que todos los grupos de empleadores y afiliados puedan potencialmente integrar el Consejo Directivo del IESS, el proyecto de Ley crea otros problemas que pueden afectar el funcionamiento, solvencia, sostenibilidad y viabilidad del IESS”, dice en la exposición de motivos.

En el proyecto reformatorio de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial vetó parcialmente el artículo 46. “El artículo en cuestión del proyecto de Ley obligaría a que las plataformas tecnológicas o aplicaciones móviles de servicios de transporte de cualquier tipo solamente puedan ser de propiedad de operadoras de transporte poseedoras de título habilitante. Y, al mismo tiempo, se plantea una moratoria de títulos habilitantes conforme la Disposición Transitoria octogésima primera del mismo proyecto. Considero que tal restricción no es acorde con la Constitución”.

Según Lasso, esto afectaría el derecho al trabajo de más de 70 mil personas que dependen económicamente de brindar estos servicios. Además el presidente considera inconstitucional la prohibición de cesión de acciones o participaciones en las compañías de transporte pues considera limitaría la libertad de asociación.

En este caso, la Asamblea deberá esperar un informe de la Corte Constitucional sobre estas objeciones, para luego revisar los artículos vetados por el presidente.

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