Los conjueces Lauro de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra convocaron el próximo lunes 7 de septiembre a las 15:00 a las partes procesales en el denominado caso Sobornos para dar a conocer de forma oral la resolución a la que llegaran luego de haber escuchado, por dos días, los cargos casacionales expuestos por los procesados por el delito de cohecho agravado y los reparos que tenían ante estos la fiscal general Diana Salzar y el procurador del Estado, Iñigo Salvador.
El Tribunal de Casación concluyó de escuchar cerca de las 13:00 del viernes 4 de septiembre las réplicas a lo dicho por la Fiscalía y Procuraduría de las 16 defensas de sentenciados a quienes se les admitió los cargos casacionales. En la audiencia intervinieron los abogados de los cuatro procesados a quienes se les inadmitió sus cargos casacionales: María Duarte, Walter Solis, Alberto Hidalgo y Rafael Córdova.
URGENTE-URGENTE: #CasoArrozVerde @DianaSalazarM2 el propio sentenciado Rafael Correa ha reconocido que eso no es delito que le den pagando por la inauguración de obra; tiene la esperanza que el Tribunal haga brillar la justicia;que corresponde en derecho se ratifique la sentencia pic.twitter.com/lnewbac8v5
— ENRIQUE ALCIVAR (@enindefension) September 4, 2020
Pese a que inicialmente se indicó que hablarían personalmente los procesados Teodoro Calle, Pedro Verduga y el exsecretario Jurídico Alexis Mera, a última hora se aceptó el pedido para que sea escuchado el expresidente Rafael Correa, quien fue sentenciado a ocho años de cárcel en calidad de autor mediato por instigación.
Correa en su intervención telemática desde Bélgica aseguró que jamás ha permitido un soborno, que todo esto es parte de una persecución política contra él y que están destruyendo familias.
La Fiscal General, Diana Salazar, había argumentado que los pedidos de casación no cuentan con los criterios requeridos para que se acepten las pretensiones de las defensas técnicas, pues “la sentencia entregada por el Tribunal de Apelación contiene el sustento jurídico necesario y no existe errónea interpretación ni aplicación de la normativa ecuatoriana; por lo tanto, cumple con los principios de constitucionalidad y legalidad”.
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