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Desde las 05:00 de este miércoles se controlará la restricción de movilidad dentro del estado de excepción por el coronavirus COVID-19

martes, marzo 17, 2020
El mal uso de estos salvoconductos puede ser sancionado con uno a tres años de privación de libertad
Tiempo de lectura: 2 minutos

Desde el miércoles 18 a partir de las 05:00 se aplica la restricción de circulación vehicular conforme el último número de la placa, como parte de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno, Para ello se aplica el sistema par e impar. La medida estará vigente hasta el 5 de abril del 2020. Los días lunes, miércoles, viernes y domingo no circulan los pares y los días martes, jueves y sábados, los impares.

El control de las medidas de restricción de circulación estará a cargo de las instituciones competentes encargadas de tránsito y transporte terrestre.

Como parte de estado de excepción declarado por el Presidente Lenín Moreno, también quedan suspendidos los vuelos nacionales de pasajeros, a partir de las 23:59 del martes 17 de marzo hasta el 5 de abril; en el caso de Galápagos la regulación se encarga al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Consejo de Gobierno de Galápagos.

La circulación del transporte interprovincial de pasajeros queda suspendida a partir de las 23:59 del martes 17 de marzo, al igual que la jornada laboral presencial en el sector público y privado. “Cada Ministerio o Institución del sector público deberá adoptar las medidas que permitan suspender los plazos o términos en los actos administrativos o resoluciones que tengan fecha de vencimiento durante la emergencia sanitaria, como permisos, registros o visado”, dice un comunicado de la Secretaría de Riesgos.

Las medidas de suspensión laboral presencial y restricción de circulación de personas, no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores de la Salud de la red pública y privada, seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control, sectores estratégicos, servicios de emergencia vial, sector exportador y toda su cadena logística, rrestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura entre otros.

La emisión de salvoconductos para todos los otros sectores no puede ser centralizada desde la autoridad, por lo tanto, cada persona, institución, empresa, industria, debe asumir la responsabilidad de emitir sus propios documentos.

El mal uso de estos salvoconductos puede ser sancionado con uno a tres años de privación de libertad.

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