Durante la década pasada, durante el gobierno del expresidente Rafael Correa era común que cualquier funcionario público reclamara su derecho a la rectificación para imponer la verdad del régimen como una verdad absoluta, indiscutible, incuestionable… El derecho al honor de los funcionarios públicos de Correa se convirtió en algo más sagrado que la Biblia para los católicos o el Corán para los musulmanes.
El mismo expresidente cifró en ochenta millones de dólares su derecho al honor. Ochenta millones de dólares que intentó sacar a Diario El Universo con un juicio de pendrive, ahora cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que se pronunció a favor del medio de comunicación en la demanda presentada contra el Estado derivada de la sentencia ejecutada en Ecuador en 2012 contra tres de sus directivos, Carlos, César y Nicolás Pérez, y su exeditor de Opinión, Emilio Palacio.
La Corte Constitucional ahora acaba de reconocer que el Estado ecuatoriano “no es titular de los derechos al honor, a la información veraz y a la rectificación” al revisar una acción de protección presentada contra Diario La Hora en 2012 por una publicación sobre la inversión del Gobierno en publicidad. Dicha acción fue presentada por Alejandro Pico, funcionario de la Secretaría de la Administración Pública de Correa.
Diario La Hora había publicado una réplica del Gobierno de Correa a dicha noticia, lo que correspondía, pero el funcionario público deseaba una rectificación y en el mismo espacio. Su argumentó fue “que el medio causó un grave perjuicio a la Administración Pública, a la Función Ejecutiva y al Gobierno Nacional, colocando en estado de indefensión frente al poder de este medio” (sic).
La justicia dominada por Correa en ese momento determinó, para los anales de la historia de la infamia, que Diario La Hora vulneró los derechos a la información veraz y a la rectificación en perjuicio del Estado. Y ordenó al Diario que publique una disculpa pública, señalando además la diagramación, los caracteres y el espacio que debía ser asignado. Los jueces de segunda instancia no solo ratificaron lo dispuesto en la primera instancia sino que declararon al Estado “titular del derecho a la honra”.
No solo había una justicia obediente, sino sumisa. Pero ¿qué más se podía esperar de un Gobierno, con aires totalitarios, que reclamó e instauró en una Ley que la información era servicio público y la palabra información para ese Gobierno solo fue sinónimo de propaganda, su propaganda del mejor Gobierno del mundo. El honor del Estado era el honor de Correa y sus funcionarios.
Los nueve jueces de la Corte Constitucional acaban de volver sobre la razón de la democracia, sobre el sentido común al revocar dichas sentencias judiciales declaradas como “restrictivas al derecho a la libertad de expresión”.
El Consejo de la Judicatura ahora está en la obligación de divulgar, solo divulgar, la sentencia entre los jueces que conocen casos de garantías jurisdiccionales en los próximos 20 días. Daniela Salazar, jueza a cargo del proyecto de sentencia y gran defensora de la libertad de expresión, determinó que el Estado no es “titular de derechos, entre ellos, la honra y el derecho que tiene a replicar información que puede afectar su buen nombre”, porque el Estado “es el llamado a respetar y proteger derechos”.
La Corte Constitucional, en esta sí una histórica sentencia, determinó que el Estado no es el señor Correa, que el Estado no es una persona y sus adláteres, como en su delirium tremens por la embriaguez de poder imaginaba.
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