El derecho de repetición o acción de regreso es una facultad que permite al Estado ejercer una acción en contra de los funcionarios que ha provocado pérdidas económicas a la Administración pública por obrar con culpa grave, negligencia o dolo en el ejercicio de su cargo y que en virtud de ello ha ocasionado que el Estado indemnice al administrado.
Eso está establecido en el inciso tercero del numeral 9 del artículo 11 de la Constitución aprobada en Montecristi donde se consagra la acción de repetición como la facultad del Estado para ejercer ese derecho contra las personas responsables del daño producido.
El gobierno de Lenín Moreno ahora ha anunciado que se reserva el derecho de repetición en caso que hubiera un fallo desfavorable contra el Estado ecuatoriano en el caso del arbitraje instaurado por la petrolera estadounidense Chevron.
Según el secretario de la Presidencia, Eduardo Jurado, el caso fue aprovechado por el anterior régimen para ganar protagonismo político y mediático. Y que la administración pasada suscribió contratos por más de $10 millones en campañas de comunicación en las cuales se pretendió hacer creer “que las celebridades internacionales apoyaban la causa, cuando en realidad recibían un alto pago por su visita”.
En el anterior gobierno, según Jurado, “los intereses del Estado no fueron defendidos como corresponde en derecho internacional”. Nadie puede dudar que el Estado tiene derecho a recuperar los dineros más usados, para eso está la repetición defendida con tanto ahínco por el anterior gobierno a la hora de tratar el tema de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia destituidos por una mayoría del Congreso Nacional en diciembre de 2004.
Ahora resta ver los argumentos de la Procuraduría sobre cómo fue el manejo del caso Chevron en las instancias internacionales, porque hay un fallo de la justicia en torno al tema. Y sobre todo el uso de los fondos públicos en una campaña que más parecía show mediático.
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