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La Ley de reactivación económica no gravará con el Impuesto a la renta a los décimos de quienes ganan más de $100 mil

viernes, junio 22, 2018
Del proyecto no pasaron dos numerales del artículo 35, relacionados con el pago del Impuesto a la Renta (IR) del décimo tercer y décimo cuarto sueldo para quienes ganan más de 100 mil dólares; es decir, los asambleístas.
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Con dos votaciones el Pleno de la Asamblea aprobó el proyecto urgente para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Estabilidad Fiscal, más conocida como Ley de reactivación económica, que fue enviada al Ejecutivo para sus observaciones o sanción.

Del proyecto no pasaron dos numerales del artículo 35, relacionados con el pago del Impuesto a la Renta (IR) del décimo tercer y décimo cuarto sueldo para quienes ganan más de 100 mil dólares; es decir, los asambleístas.

El proyecto propone remisiones de intereses, multas y recargos en diferentes áreas; incentivos con la exoneración de impuestos; apoyo a la vivienda de interés social; al agro; a los emprendimientos; a la economía popular y solidaria, empresas, entre otros.

Con la ley se baja el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) para las cocinas de inducción, exenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los vehículos eléctricos de carga e IVA cero para las carrocerías de buses armados en el país

La resolución de controversias en materia de contratos internacionales, agroseguros e intereses preferenciales para zonas de frontera deprimidas y una tabla sobre el Impuesto a la Renta para la venta de acciones, entre otros temas, que tienen que ver con derechos de los trabajadores, deportistas y policías.

En la remisión también se incluyó al sector de la salud. Se liberarán los intereses de glosas de la Contraloría a trabajadores de tres hospitales, como una manera de que éstas personas puedan cumplir con su obligación ante esta entidad, así como de la Secretaría del Agua.

Esta figura se aplicará para el Servicio de Rentas Internas, Seguro Social, Gobiernos Autónomos Descentralizados, Aduanas, servicios básicos, impuestos vehiculares, deudores de la banca pública, créditos educativos y becas.

En cuanto a los incentivos se conserva la exoneración del IR para nuevas inversiones productivas fuera de Quito y Guayaquil durante 12 años y al interior de estas ciudades, ocho. Para inversiones en el sector industrial el beneficio es por 10 años y en industrias básicas 15. En zonas fronterizas son cinco años más.

Para el agro se establecen tasas preferenciales de crédito en la banca pública, tarifa cero en el IVA para maquinarias y repuestos, así como la creación del seguro agropecuario.

A fin de incentivar la vivienda de interés social no se cobrará el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y se simplifican los trámites. Al mismo tiempo, los constructores deben contratar y entregar a los beneficiarios, durante 10 años, un seguro que garantice la idoneidad de esas estructuras.

En cuanto a las reglas macroeconómicas se crea un Fondo de Estabilización Fiscal, con los ingresos provenientes de la explotación de recursos no renovables que superen lo contemplado en el presupuesto general y luego de descontar el porcentaje correspondiente a los gobiernos autónomos descentralizados.

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