El presidente saliente Rafael Correa podrá disponer más allá de un año incluso del Servicio de Protección Presidencial que otorga el Estado a los mandatarios.
Según uno de sus últimos Decretos, el 1396, ese Servicio deberá proporcionar “de ser necesario protección y seguridad a los expresidentes y exvicepresidentes de la República, a sus cónyuges e hijos”.
El documento, según el portal de diario El Comercio, es una reforma al Decreto Ejecutivo 418, de julio de 2010. Ahí Correa cambió un literal del tercer artículo, que se refiere a las atribuciones del Servicio.
La protección estatal se extendería por un año a los expresidentes y por seis meses a los exvicepresidentes, plazos que “se podrán acortar o extender sobre la base del informe de riesgos que obligatoriamente se elaborará para el efecto”.
Con la nueva disposición, él, su esposa y sus tres hijos podrán contar con este servicio una vez que Lenín Moreno lo suceda en la Presidencia.
De la ejecución del Decreto 1369 se encargarán, según el escrito, el Ministro Coordinador de Seguridad y el Ministro de Defensa.
El nuevo Decreto considera que “es necesario hacer ajuste al sistema de Seguridad Integral de la Presidencia de la República” y se sostiene que “es deber del Estado ofrecer un esquema de seguridad a los expresidentes y exvicepresidentes”, para así “asegurar una transición adecuada hacia su vida personal y familiar”.
El Decreto original, del 2010, no contemplaba esta opción. Solamente establecía la fusión de la Casa Militar Presidencial y el Escuadrón de Transporte Aéreo Presidencial, que se encargaban antes de la tarea.
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