La Ley de Combate al Lavado de Activos, o bautizada por el Gobierno como Ley Antipillos, no puede aplicarse momentáneamente debido a que la Corte Constitucional aceptó una medida cautelar este viernes 20 de diciembre de 2024.
La decisión la tomó una Sala de Admisión de la Corte Constitucional, pues consideró “que existen elementos de gravedad, verosimilitud e inminencia para otorgar la medida cautelar”.
Esto no significa que la Corte se ha pronunciado sobre el fondo del asunto. Únicamente dejó en pausa los efectos de la Ley Antipillos hasta resolver la demanda de inconstitucionalidad presentada por la presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, del correísmo.
Dicha demanda fue admitida a trámite y se dispuso un análisis para saber si puede sustanciarse de forma prioritaria.
El lío con la Ley Antipillos
Veloz acudió a la Corte Constitucional debido a que dicha Ley fue promulgada, pese a que la Asamblea la negó y archivó en primer debate, lo que provocó un embrollo jurídico.
A decir de las bancadas de oposición, el archivo en esa etapa es totalmente legítimo. Mientras que el Gobierno sostuvo que un proyecto de ley con el carácter de económico urgente no puede ser archivado en primer debate.
Entre los puntos más resistidos de esta iniciativa está la aplicación de un impuesto de entre el 1,25 % y 5 % para la compra y venta de vehículos de más de USD 50 000.
Texto original de Ecuavisa
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