El Servicio de Rentas Internas (SRI) avanza con todos los ajustes para la aplicación del nuevo impuesto a la renta para las casas de apuestas deportivas. La administración tributaria también estableció la fecha en que entrará en vigor esta nueva tasa en Ecuador.
El impuesto a la renta sobre las ganancias percibidas por los operadores de pronósticos deportivos o casas de apuestas se implementará desde el 1 de julio de 2024. Eso establece la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar y Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.
Este impuesto es del 15% sobre los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos, ya sean personas naturales o jurídicas. La apuesta puede ser a través de Internet o cualquier otro medio.
También pagan el impuesto, en calidad de sustitutos, las personas naturales o sociedades que hagan uso de la plataforma de pronósticos deportivos cuando el operador de dicha plataforma no sea residente fiscal en Ecuador o no tenga establecimiento permanente en el país.
Para informar sobre todos los aspectos importantes del tributo, el SRI creo una sección en su página web.
En esta sección, los operadores de pronósticos deportivos no residentes en el Ecuador encontrarán el procedimiento para la solicitud de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), requisitos y actualización, así como la base legal respectiva.
Texto El Comercio
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