Daniel Salcedo, Mayra Salazar y un exguía penitenciario, procesados en el caso Metástasis, solicitaron acogerse a un procedimiento abreviado. Buscan reconocer su responsabilidad y participación en el delito investigado, a cambio de obtener una pena reducida.
Los tres imputados por presunta delincuencia organizada se suman a la lista de cinco policías, dos exfuncionarios judiciales, dos exjueces provinciales y el hombre de confianza del narcotraficante Leandro Norero, quienes ya solicitaron a la Fiscalía General acogerse a un procedimiento abreviado dentro de esta causa penal.
La Fiscalía será quien decida si acoge o no esos 13 pedidos. Además, debe plantear las propuestas al juez de la causa. Esto se puede hacer hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio.
Juez Felipe Córdova fijó fecha y hora para la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio contra 52 procesados por delincuencia organizada, en el caso Metástasis.
El magistrado nacional fijó esta diligencia para el próximo 3 de junio del 2024, a partir de las 09:00, en las instalaciones de la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito.
En esa cita judicial, también se analizará la validez del proceso penal. Es decir se debatirá si existen o no nulidades que afecten el derecho a la defensa de los imputados.
Si el juez declara válido el proceso, la Fiscalía comenzará a describir las evidencias recopilas durante la investigación. Luego se conocerá si acusa por el delito de delincuencia organizada a los 52 procesados. Finalmente, el juez decidirá si los llama o no a juicio.
El 15 de diciembre de 2023 arrancó la fase procesal de instrucción fiscal en el caso Metástasis. En la lista de inculpados constan: Wilman Terán, expresidente del Consejo de la Judicatura, la relacionista pública, Mayra Salazar, Xavier Jordán, Daniel Salcedo y otros jueces, policías y funcionarios judiciales.
En este caso se investiga el presunto delito de delincuencia organizada. Según Fiscalía, se trata de una red de corrupción que operaba en el sistema judicial para beneficiar al narcotraficante Leandro Norero y su familia.
El artículo 635 del Código Integral Penal (COIP) establece los requisitos para aplicar a un procedimiento abreviado en Ecuador. La normativa penal establece que las infracciones sancionadas con pena máxima privativa de libertad de hasta 10 años son susceptibles de procedimiento abreviado.
Esa regla aplica excepto en delitos de secuestro, contra la integridad sexual y reproductiva, y cuando se trate del delito de violencia sexual contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
Además, el procesado deberá consentir expresamente tanto la aplicación de este procedimiento como la admisión del hecho delictivo. El defensor acreditará que la persona procesada haya prestado su consentimiento libremente, sin violación a sus derechos constitucionales,
Y en ningún caso la pena por aplicar, a quien haya obtenido el procedimiento abreviado, podrá ser superior o más grave a la sugerida por el fiscal del caso.
Texto publicado en Teleamazonas
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