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Daniel Noboa propone que los casinos vuelvan a funcionar, a través de su consulta popular

miércoles, enero 3, 2024
Desde 2011, en Ecuador están prohibidos los casinos y todo tipo de juegos de azar. Eso se debe a otra consulta popular
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

Entre las 11 preguntas para la consulta popular enviadas por Daniel Noboa a la Corte Constitucional se incluye una con la que el primer mandatario busca que los casinos y otros negocios de juegos de azar vuelvan a funcionar.

La pregunta número 11 plantea lo siguiente:

¿Está usted de acuerdo con que se permita el funcionamiento de casinos, salas de juego, casas de apuestas o negocios dedicados a la realización de juegos de azar, bajo las condiciones que se detallan en el Anexo de la pregunta 11?

En el documento enviado a la Corte Constitucional, el Gobierno fundamenta que la autorización de los casinos y otros negocios similares se plantea como una medida para generar empleo.

El documento asegura que la autorización de los casinos es una “solución que, siempre y cuando sea regulada de manera cuidadosa, contribuirá a fortalecer la estabilidad económica y en consecuencia, mitigar la inseguridad en zonas de peligrosidad”.

La Corte Constitucional tiene 20 días para avocar conocimiento de las preguntas, que fueron enviadas el martes 2 de enero.

Prohibición de los juegos de azar La eliminación de este tipo de negocios se planteó en la consulta popular del 7 de mayo de 2011, impulsada por el expresidente Rafael Correa.

En ese momento, el exmandatario aseguró que el objetivo de eliminar los casinos era crear “un ambiente más sano” para los jóvenes y evitar que por “el vicio del juego” los padres de familia pierdan sus ingresos.

Incluso, el funcionamiento de casinos, salas de juego o casas de apuesta en el país está tipificado como un delito en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), aprobado en octubre de 2013.

Las personas que administren este tipo de negocios pueden enfrentar una pena privativa de libertad de uno a tres años y una multa de cincuenta a cien salarios básicos unificados del trabajador en general.

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