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Fiscalía condena a una persona por crucificar águila andina en peligro de extinción

lunes, junio 5, 2023
En Ecuador solo quedan alrededor de 200 ejemplares adultos de esta especie. La cacería es la principal causa de muerte para el ave ya que hay personas que le tienen miedo. A diferencia de otras aves el cóndor no es migratorio y se encuentra en todo el callejón interandino del país
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

Luis S. fue uno de los testigos de Fiscalía en el juzgamiento de Narciso Rodolfo V. B., de 52 años, sentenciado –como autor– por un delito contra la flora y fauna silvestres. El ciudadano tenía en su finca el cadáver de un águila andina, especie en peligro de extinción.

Luis S. es biomonitor y se encarga de verificar la existencia y ubicación de nidos de cóndores y otras aves. En su testimonio, rendido en la audiencia de juzgamiento, dijo que el 17 de febrero de 2021 vio desde la carretera al ave amarrada a una caña guadua, de más de cinco metros de alto, crucificada y lista para ser embalsamada.

“Estaba en el terreno de una finca, en Baeza (Quijos), a medio kilómetro del camino”, dijo el testigo. Entonces, alertó del hallazgo al Director de la Fundación Cóndor Andino y, junto con agentes de la Policía de medioambiente y Fiscalía, se trasladaron hacia el lugar.

Uno de los policías que actuó en dicho operativo ambiental –también testigo en el juicio– confirmó que, antes de llegar a la finca, desde la carretera se divisaba “un águila muerta y atada de sus extremidades”. Con la cooperación de una experta de la Fundación, se levantó el cadáver del ave para practicarle una necropsia.

La especialista explicó ante los jueces que se encontraron siete perdigones en el cuerpo del animal: una hembra subadulta en período de reproducción, espécimen de vida silvestre amparado y protegido por la normativa nacional e internacional de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).

El veterinario que asistió en la necropsia del ave declaró que tenía una fractura expuesta del ala, que los perdigones atravesaron su cuerpo y que el animal “murió en agonía”.

Solo 200 ejemplares en Ecuador

Una bióloga de la Fundación, que también testificó, explicó que el águila andina es la tercera en tamaño en Ecuador, que mide hasta dos metros cuando es adulta, que empieza su etapa reproductiva al tercer año de vida y que solo pone un huevo cada año o máximo dos.
“El águila por la que se desarrolla este juicio iba a dar –en promedio– un pichón por año, durante 15 años. Entonces no solo se mató un ave”, sostuvo.

Acotó que solo hay 200 especies adultas en el Ecuador y que la causa principal de muerte es por cacería: “hay gente que le tiene miedo. El ave no es migratoria y se encuentra en todo el callejón interandino”.

Luis S. afirmó que a unos 800 metros de la finca del procesado, en un pico de montaña, existió un nido en 2018 donde nació un polluelo. Pero que, desde el encuentro del ave crucificada, no ha vuelto a suceder un anidamiento.

El veterinario enfatizó que matar a una hembra afecta la conservación de la especie. “El ave fue víctima de cacería ilegal. En Ecuador, las comunidades consideran que tener a un animal es un trofeo o adorno, los cazan por costumbre o como amuleto de suerte. Los delitos ambientales son producto de esta mentalidad que debe ser erradicada”, dijo.

El procesado, en su testimonio, se refirió al ave como “el guarro” e indicó que no sabía que era un águila andina en peligro de extinción. En su defensa afirmó que un trabajador ocasional llamado “Nelson” encontró el ave muerta en el guadual y la levantó para embalsamarla y por eso la puso en esa posición. Sin embargo, “Nelson” no testificó en el juicio.

Con base en las pruebas esgrimidas, el Tribunal sentenció a Narciso Rodolfo V. B. a un año de privación de libertad como autor del delito contra la flora y fauna silvestres. Deberá completar un curso de 120 horas respecto a conservación, entregar 3.000 dólares para financiar el monitoreo de aves y pagar cuatro salarios básicos como multa.

Información jurídica

Los delitos contra la flora y la fauna silvestres se castigan con pena privativa de libertad de uno a tres años, según el artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal.

 

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