Quedan menos de 15 días para que los contribuyentes en relación de dependencia presenten a sus empleadores la proyección de gastos personales de 2023.
¿Dónde encuentro el formulario?
El formulario es entregado por el departamento de Recursos Humanos de su empresa o lo puede descargar en la página del Servicio de Rentas Internas (SRI).
¿Cómo lleno la proyección de gastos?
Primero deberá calcular el total de sus ingresos al año, todas las remuneraciones incluidos décimos y fondos de reserva. Este total lo colocará en el casillero 103 y 105.
En gastos proyectados son seis rubros en los que usted distribuirá sus gastos a lo largo del año: vivienda, alimentación, salud, vestimenta, turismo y educación que incluye arte y cultura.
El total de este cálculo irá en el casillero 112, pero este valor no podrá superar los $5.344, aun cuando usted gaste más, esa cifra es el límite.
Javier Bustos experto tributario dice que los valores se los puede distribuir en cualquiera de los seis rubros o concentrar en uno de ellos.
Recuerde, los gastos personales incluyen todo lo realizado por padres, cónyugue o pareja de unión de hecho, así como hijos menores de edad.
Según el SRI, la fracción básica desgravada de este año es $11.722, la cual permite determinar la rebaja al contribuyente, esta puede ser del 10% o 20%.
Entonces, si sus ingresos son menores a $24.967 podrá acceder a la rebaja del 20%, pero si sus ingresos superan los $24.967, la rebaja del impuesto será del 10% de los gastos personales.
El valor que le resulte, luego de aplicar la rebaja del 10% o 20%, deberá colocarlo en el casillero 113.
¿Qué pasa si no cumplo con el trámite?
“Lo que le descuentan como retención del impuesto a la renta, que se refleja en el rol de pagos, va a ser mayor”, dice Bustos.
Mientras que, el SRI recuerda a todos los contribuyentes que el plazo para entregar el documento es el 31 de enero.
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