El Ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, anunció que el Gobierno aceptó la mediación de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana como mediadora del proceso del diálogo con la dirigencia indígena, Sin embargo el diálogo está supeditado a que no se generen acciones de violencia. Todavía no hay día, ni hora para la reunión.
Asimismo, en la tarde se anunció que en Azuay, Imbabura, Sucumbíos y Orellana regirá el estado de excepción durante 30 días, debido a una grave conmoción interna, en el marco del paro nacional promovido por el movimiento indígena, que este miércoles llegó al día 17.
La medida fue dispuesta por el presidente de la República, Guillermo Lasso, mediante el Decreto Ejecutivo 463, suscrito el 29 de junio. Pese al pedido del alcalde de Quito, Santiago Guarderas, el Ejecutivo no incluyó a la provincia de Pichincha; tampoco están Cotopaxi ni Chimborazo, que sí fueron parte de anteriores restricciones.
Según el decreto 463, la declaratoria de estado de excepción se aplicará desde este miércoles en las cuatro provincias mencionadas porque en ellas se concentran la mayoría de actos violentos que atentan contra la integridad física de las personas, provisión de combustibles y GLP (gas licuado de petróleo), el normal desenvolvimiento de las actividades económicas y amenazando el correcto funcionamiento de los sectores estratégicos.
Además, señala el documento, en esos territorios se han registrado atentados contra áreas reservadas y desabastecimiento, afectando a la provisión de medicamentos, gases medicinales, oxígeno para hospitales y clínicas, combustibles y alimentos.
Toque de queda
En Azuay habrá toque de queda desde las 21:00 hasta las 05:00. Durante este tiempo se restringe la libertad de tránsito.
En Sucumbíos y Orellana la restricción a la movilidad será desde las 19:00 hasta las 05:00.
En las tres provincias la medida se aplicará los 30 días que durará el estado de excepción, a partir del 29 de junio. Las personas que incumplan serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente. En Imbabura no habrá toque de queda.
Hay doce actividades que están exentas de la restricción de tránsito, entre las cuales se encuentran los servicios de salud, seguridad, trabajadores de la cadena logística del sector exportador, entre otros.
Zona de Seguridad
Se establece como Zona de Seguridad toda el área de influencia que comprende áreas reservadas de seguridad donde se encuentran los campos petroleros y sus instalaciones, así como los bloques y complejos hidrocarburíferos que están en Orellana y Sucumbíos.
Además, se dispone a las Fuerzas Armadas conformar una Fuerza de Tarea Conjunta para proteger la Zona de Seguridad.
Limitación de derechos
Se suspende el derecho a la libertad de asociación y reunión donde ocurran hechos violentos, que estén relacionados con los motivos del estado de excepción.
Está permitida la protesta pacífica y toda actividad que no ahonde la situación de grave conmoción interna, indica el decreto.
Por otro lado, la fuerza pública podrá ejercer las requisiciones de bienes o servicios que se consideren necesarias para restablecer y mantener el orden.
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