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Actividades exentas del toque de queda

sábado, abril 30, 2022
El estado excepción se aplicará en Guayas, Manabí y Esmeraldas. Esos son territorios en los que la delincuencia organizada y transnacional, dedicada al tráfico de estupefacientes, ha logrado imponerse a costa de violencia y delitos
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El presidente de la República, Guillermo Lasso, anunció el estado de excepción en tres provincias del país que rige desde las 00:00 del sábado 30 de abril del 2022.

El estado excepción se aplicará en Guayas, Manabí y Esmeraldas. Esos son territorios en los que la delincuencia organizada y transnacional, dedicada al tráfico de estupefacientes, ha logrado imponerse a costa de violencia y delitos.

Una decisión especial es que se impondrá un toque de queda, que regirá desde las 23:00 hasta las 05:00 en la ciudad de Esmeraldas; así como en las parroquias Eloy Alfaro del cantón Durán; y Ximena y Pascuales de Guayaquil. La medida tendrá una duración de 60 días.

El Gobierno desplegará un total de 4 000 oficiales de Policía y 5 000 efectivos de las Fuerzas Armadas. Estos serán desplegados en el territorio de Guayas, Manabí y Esmeraldas para lograr la paz y el orden.

Este toque de queda, dispuesto por el presidente Lasso, estipula una serie de restricciones para los ciudadanos en Guayas y Esmeraldas.

Según el decreto presidencial, el toque de queda regirá desde las 23:00 hasta las 05:00 del siguiente día. En ese horario, la Policía, Fuerzas Armadas y agentes de Tránsito deberán controlar que ningún ciudadano transite en la vía pública. Lo mismo ocurrirá con vehículos y motocicletas.

La idea es evitar que se cometan más crímenes en zonas consideradas de alta peligrosidad.

Sin embargo, el decreto establece 10 actividades que estarán exentas al toque de queda. En la lista están servicios públicos y otros.

Aquí las 10 actividades:

Servicios de salud de la red de salud pública integral y de la red privada complementaria.

Seguridad pública, seguridad privada complementaria, y los servicios de gestión de riesgos y atención de emergencias.

Servicios de emergencia vial.

Abogados y funcionarios judiciales en ejercicio de su profesión o cargo.

Los servidores públicos del Ministerio de Gobierno y del Ministerio del Interior.

Los servidores públicos o personal de contratistas de entidades públicas que acrediten que deben desplazarse para asegurar la continuidad de los servicios públicos.

Los trabajadores de la cadena logística del sector exportador, quienes deberán demostrar que laboran en una empresa dentro de dicho sector y, de ser el caso, la licitud de la carga que transportan.

Personas que deban trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario del toque de queda.

Trabajadores de medios de comunicación social.

Aquellas que defina el Ministerio del Interior.

Todas estas actividades deberán estar acreditadas con su respectiva documentación.

 

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