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Multa por no usar mascarilla en Quito

miércoles, marzo 23, 2022
El carné de vacunación físico o digital es obligatorio y su presentación deberá realizarse antes del ingreso a los establecimientos que tienen la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas (LUAE)
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

En Quito, aunque los niveles de propagación de la pandemia se reducen, el Municipio dispuso que la capital ecuatoriana se mantenga en alerta verde.

Aunque el presidente, Guillermo Lasso, anunció el pasado viernes 18 de marzo de 2022 que los aforos estarán al 100% en todas sus actividades, el alcalde de Quito, Santiago Guarderas, anunció que la ciudad mantendrá restricciones en cuanto a la capacidad permitida en locales y actividades.

El alcalde sostiene que la capital es un ejemplo en la aplicación de vacunas y que se debe seguir usando mascarillas, distanciamiento, así como el lavado de manos hasta que termine la pandemia.

El Municipio insistió que el uso de mascarilla sigue siendo obligatorio, tal como lo indica la Resolución A-030. Las personas que no utilicen el tapabocas en espacios públicos, en el interior del vehículo y motocicleta, serán sancionados con $106,25, correspondiente al 25% del Salario Básico Unificado (SBU).

Regulación de aforos varía
En cuanto a los aforos, la capacidad máxima permitida es:

Cine y teatros 100%.
Centros de tolerancia y similares 80%.
Discotecas, bares, karaokes (interior) 80%.
Bares con atención en exterior 90%.
Gimnasios sin contacto 100%, y los que permiten contacto 80%.
Centros comerciales (incluido patio de comida) 100%.
Supermercados y mercados 100%.
Agencias bancarias y cooperativas 100%.
Restaurantes al exterior 100% e interior 90%.
Auditorios, convenciones, recepciones y banquetes de carácter social tendrá un aforo exterior del 100% y se reduce al 95% en interior de establecimientos.
Espectáculos públicos en espacios interiores 90% y al exterior 100%.
Canchas y ligas deportivas 80%.
Balnearios, piscinas y centros de spa 80%.

Otras restricciones

El carné de vacunación físico o digital es obligatorio y su presentación deberá realizarse antes del ingreso a los establecimientos que tienen la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas (LUAE). Esta medida se exceptúa a los niños menores a 3 años.

Los eventos religiosos o de culto en sus establecimientos deberán cumplir el aforo del 90%. En todo momento es obligatorio el uso de mascarilla, distanciamiento de dos metros y con un tiempo máximo al interior de 60 minutos.

Los usuarios que estén dentro de los establecimientos deportivos deberán usar mascarilla en todo momento. Se aplicará una excepción a los deportistas en los espacios pertinentes siempre y cuando se haya presentado el carné de vacunación con el esquema completo, o una PCR negativa con un resultado previo de hasta 72 horas previas.

Personas nacionales o extrajeras que por motivos: médicos, personales, religiosos, étnicos, culturales u otra que impida tener el esquema de vacunas completo, deberá presentar una PCR negativa con 72 horas previas para ingresar a cualquiera de los establecimientos en donde rige la presentación del certificado de inmunización.

 

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