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En las reformas a la Ley de Tránsito priman las sanciones económicas

viernes, agosto 13, 2021
La actual legislatura deberá recategorizar las faltas, pues estas también se encuentran normadas en otro cuerpo legal: el Código Integral Penal (COIP)
Tiempo de lectura: 3 minutos

Las reformas a la Ley de Tránsito están vigentes. Desde el martes 10 de agosto del 2021, los conductores que hablen por teléfono al conducir, que irrespeten órdenes de agentes de tránsito o excedan los límites de velocidad no serán sancionados con pérdida de puntos en su licencia, como sucedía antes de los cambios. Ahora, quienes incurran en esas faltas serán amonestados solo con penas económicas.

Todo es parte de las modificaciones a la normativa que se encuentran inscritas en el Registro Oficial. En el texto se eliminó la reducción de puntos en 79 casos que tienen relación con las contravenciones de tránsito, que van desde la tercera hasta la séptima clase.

Ahí constan faltas como llevar a pasajeros en el balde de una camioneta, no usar cinturón de seguridad, entre otras.

Además, rebasar en sitios considerados peligrosos, circu­lar sin placas o con estos distintivos adulterados, llevar carga sin colocar banderines rojos en los extremos sobresalientes o que se estacionen en lugares prohibidos.

El exlegislador Fafo Gavilánez, quien estuvo al frente de la Comisión que introdujo esos cambios en la legislatura anterior, indicó que esas faltas no quedarán impunes y tendrán una sanción económica.

Advirtió que la actual legislatura deberá recategorizar las faltas, pues estas también se encuentran normadas en otro cuerpo legal: el Código Integral Penal (COIP).

Así, por ejemplo, se podría ubicar el irrespeto a las señales de tránsito como una falta de primera clase y tener, además de una multa económica, una sanción en el puntaje.

De hecho, en la disposición general 83 del texto que está vigente desde esta semana, se ordena a los legisladores que en 180 días hagan una recategorización de las contravenciones.

“Las que supongan grave riesgo a la vida de conductores y pasajeros merecerán la reducción de puntos”, señala el texto aprobado.

Para el exasambleísta, se deben tener en cuenta las estadísticas de cuáles son las principales causas de accidentes para ejecutar la recategorización.

Los registros oficiales recogen, hasta junio de este año, 9 728 accidentes de tránsito. Entres estos, la principal causa del siniestro es por conducir desatento: utilizar celular, ver pantallas de video, comer o maquillarse mientras la persona maneja.

De todos los incidentes, el 26,1% se produce por esta causa. Le sigue el irrespeto a señales como pare, ceda el paso o la luz roja del semáforo, con el 18,6%. Según datos de la Agencia Nacional de Tránsito, en tercer lugar aparecen los percances que se producen por superar los límites de velocidad establecidos.

La ley reformada de Tránsito tiene 155 artículos, 84 disposiciones generales, una derogatoria, cuatro reformatorias y una final. En los cambios también se contempla un proceso de remisión por infracciones.

¿Quiénes pueden acogerse a este beneficio? Los conductores o propietarios de ve­hículos que tengan multas acumuladas o que no las hayan podido cancelar hasta antes de la vigencia de las reformas. Este beneficio solo se aplicará si se ha cumplido con el pago del 100% del valor principal.

Por ejemplo, si una persona tenía una multa de tránsito por $180 y recargos adicionales de $10,80 por no cancelar a tiempo, durante estos días únicamente deberá pagar los $180 iniciales.

Si el usuario tampoco puede pagar ese monto, la autoridad otorgarán facilidades de pago hasta por un año y sin intereses. Pero el cálculo se hará sobre todo el valor de la multa, incluidos los recargos.

En la normativa se establece, además, que a las nuevas multas que se generen por contravenciones de tránsito ya no se les subirá el 2% mensual por recargos cuando no se paguen a tiempo. En el sistema únicamente se reflejará el valor inicial de la infracción.

Asimismo, ahora existen beneficios por pronto pago.

Las personas que cancelen las multas por contravenciones viales dentro de los 20 días hábiles desde su notificación se beneficiarán del 50% en la reducción del monto total.

Los conductores que no hayan sido sancionados en un año gozarán de hasta cuatro puntos extras en sus licencias, que se acreditarán a su permiso de manejo para el siguiente año. Quien mantenga sus 30 puntos se beneficiará del descuento del 50% del pago de la especie de la matricula.

El director de la Agencia de Tránsito, Adrián Castro, dice que la ley no es perfecta, pero que tienen muchos avances, como la introducción de la educación vial en el sistema escolar. La idea es frenar los accidentes en las carreteras.

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