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Jueces disponen capturar y encarcelar a sentenciados por caso Sobornos, Correa y Glas pierden pensiones vitalicias

miércoles, septiembre 23, 2020
Se dispone que por Secretaría -en el transcurso de este día- se cursen los oficios correspondientes, tanto al Comandante General de Policía, como al Jefe de la Policía Judicial, para su inmediata localización y captura
Tiempo de lectura: 2 minutos

La sentencia del caso Sobornos 2012-2016 entró en su fase de ejecución. La tarde de este miércoles 23 de septiembre del 2020, los jueces Iván Xavier León, Marco Rodríguez e Iván Saquicela oficiaron a la Policía para que localice y capture a los 20 sentenciados por cohecho, entre los que están el expresidente Rafael Correa, el ex vicepresidente Jorge Glas, ex funcionarios y empresarios.

Se dispone que por Secretaría -en el transcurso de este día- se cursen los oficios correspondientes, tanto al Comandante General de Policía, como al Jefe de la Policía Judicial, para su inmediata localización y captura; debiendo tales autoridades informar a este Tribunal para proceder a emitir las boletas constitucionales de encarcelamiento”, señala un reporte del proceso que emitió la Función Judicial.

En el caso del expresidente y el exvicepresidente se realizaron otras diligencias. “Dichas personas perciben pensiones vitalicias; en razón de hallarse ejecutoriada la sentencia condenatoria en su contra se dispone que por Secretaría -en el transcurso de este día- se oficie al Ministerio de Finanzas a fin de que, de manera inmediata, se deje de pagar tales pensiones”.
El artículo 135 de la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) establece que “se fija una pensión vitalicia mensual a favor de los expresidentes y exvicepresidentes de la República”. En el caso de Correa su pensión era de $4 226 y la de Glas $4 057. Sin embrago, el 22 de junio de 2020 entró en vigencia en el país la Ley de Apoyo Humanitario por la emergencia del covid-19.

En esa norma se establece que hay dos excepciones para el cobro de las pensiones vitalicias.

1.- Los mandatarios que no hubiesen concluido el período para el que fueron electos por haber sido cesados.

2.- Expresidentes o exvicepresidentes que hayan sido sentenciados por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, delitos contra la vida, de lesa humanidad y violencia sexual. Este diario conversó este 9 de septiembre del 2020 con el abogado de Glas, Cristian Romero. Él aseguró que esa parte de la ley “fue direccionada” contra su cliente.

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