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Los candidatos deberán devolver el dinero asignado si no obtienen un mínimo de votos

lunes, marzo 2, 2020
El Reglamento de Promoción Electoral especifica el porcentaje a financiar por cada dignidad. El Estado le cancela al medio de comunicación escogido por el aspirante o agrupación política
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Las reformas al Código de la Democracia cambian las reglas al Fondo de Promoción Electoral, el dinero que el Estado asigna a las agrupaciones políticas para que contraten publicidad en los medios de comunicación. Si un aspirante no obtiene en una segunda elección al menos cuatro por ciento de los votos válidos, deberá devolver al Estado el cincuenta por ciento de los montos asignados.

El Reglamento de Promoción Electoral especifica el porcentaje a financiar por cada dignidad. El Estado le cancela al medio de comunicación escogido por el aspirante o agrupación política.

El presidente nacional de la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER), Kléber Chica, aseguró a diario El Universo que el reintegro dispuesto en la reforma al Código de la Democracia deberá hacerlo el candidato, no el medio contratado.

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