LOADING

Type to search

Trump-Lenín-Comercio

César Montaño Galarza
Universidad Andina Simón Bolívar
lunes, febrero 17, 2020
Concretar un tratado comercial con Estados Unidos es estratégico, lo que podría traer resultados positivos en competitividad, atracción de capitales, generación de puestos de trabajo, consumo, disminución del riesgo país
Tiempo de lectura: 2 minutos

Los tratados de libre comercio son instrumentos jurídicos de uso frecuente en la economía mundial; plasman en la práctica decisiones de política internacional para posicionar a un país en una mejor condición en el mercado global. Por los contenidos, este tipo de acuerdo suele tener que ver con múltiples ámbitos, unos más sensibles que otros, todos deben ser tomados en cuenta a la hora de negociar. Esta temática se aviva con la reciente visita del presidente Moreno al gobernante Trump en la capital norteamericana; allí también trataron sobre educación, lucha anticorrupción, narcotráfico, inversión y seguridad.

Hay abundante literatura sobre ventajas y desventajas de suscribir un tratado comercial, análisis que nunca ha estado exento de lecturas con elementos ideológicos, lo que les ha restado objetividad. Un tratado de ese tipo es un medio para cristalizar la política en el campo comercial; los efectos que se generen dependerán en alto grado de los resultados obtenidos en las negociaciones que, según ha trascendido, se iniciarían en pocos meses.

Concretar un tratado comercial con Estados Unidos es estratégico, lo que podría traer resultados positivos en competitividad, atracción de capitales, generación de puestos de trabajo, consumo, disminución del riesgo país. Pero antes, debemos tener claro cuestiones centrales, como los resultados previsibles del T-MEC suscrito entre México, Estados Unidos y Canadá; la política y posición norteamericanas frente al resto del mundo; los compromisos asumidos en la Comunidad Andina, OMC y Alianza del Pacífico; y algo adicional muy importante, las disposiciones de la Constitución que garantizan derechos; ejemplos, el artículo 421 sobre derecho a la salud y acceso a medicamentos o el artículo 422 referido a controversias comerciales que involucren a personas naturales o jurídicas privadas. Se debe avanzar en una negociación con expertos, realista, transparente, para lograr el mayor provecho posible. (O)

Texto original publicado en El telégrafo

 

Tags:
Ahora puedes recibir notificaciones de Dialoguemos. Descarga la nueva versión de nuestra app y actívalas para no perderte nuestro mejor contenido.

 

¿Ya conoces nuestro canal de YouTube? ¡Suscríbete!

 

 

Temas relacionados

Deja un comentario

WP Twitter Auto Publish Powered By : XYZScripts.com