La Corte Constitucional ratificó la legalidad del estado de excepción decretado por el Presidente Lenín Moreno el pasado jueves, pero restringido únicamente a 30 días. La Corte aprobó con el voto unánime de sus ocho jueces un “dictamen de constitucionalidad” de la decisión que el Presidente adoptó ante el incremento de las protestas sociales contra unas medidas económicas anunciadas por su Gobierno.
“La declaratoria del estado de excepción regirá únicamente por un plazo de treinta días”, en lugar de los sesenta decretados por Moreno, dictaminó la Corte. Las medidas de limitación y suspensión de derechos que se establecen en el Decreto de Excepción se aplicarán respecto a la “libertad de asociación, reunión y libre tránsito”.
Las medidas deben permitir el cumplimiento de los objetivos del estado de excepción y no deben afectar “el derecho de la protestas pacífica”, dice el dictamen de la Corte Constitucional. El uso de la fuerza debe ser proporcional y progresiva, por lo que demandó a la Policía y a las Fuerzas Armadas “el cumplimiento de sus deberes de prevenir y proteger la integridad y derechos de los periodistas y medios de comunicación, de los organismos e instituciones de asistencia humanitaria, así como la de la ciudadanía en general”.
La Constitución establece que los servidores públicos “serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción”.
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