Quito cumple con los requisitos primordiales, especialmente en relación al número de habitantes, para impulsar desde el gobierno municipal los pasos necesarios con el propósito de contar con un Estatuto Autonómico, tal como lo establecen la Constitución (2008) y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (2010).
Hemos perdido mucho tiempo para concretar este ideal, pero al parecer, se reaviva con fuerza el interés por parte de las autoridades del cabildo, lo que debe ser bien recibido por los habitantes de la ciudad.
En este contexto debemos tener presente que Quito es la capital nacional, situación que la expone a exigencias que no se repiten en el resto del país, por ejemplo es centro político, polo importante de desarrollo económico, de atracción turística y destino de migración interna y del exterior, acoge a gran parte de la ampulosa maquinaria del Estado; todo esto la somete a singulares presiones con relación a prestación de servicios, seguridad, obra pública, infraestructura y equipamiento urbano.
Por estas y otras circunstancias, la capital de los ecuatorianos merece contar con un ordenamiento jurídico especial, más allá del establecido en la Ley de Régimen para el Distrito Metropolitano de Quito, adoptada en 1993 y que tiene jerarquía de orgánica desde el 2001.
Una vez que el Concejo Metropolitano apruebe la propuesta de Estatuto, la misma debe pasar por el examen de rigor de la Corte Constitucional, para luego ser sometida a plebiscito convocado por el Consejo Nacional Electoral.
El Estatuto debería ocuparse de cuestiones trascendentes para la capital y quienes en ella moramos, como las atribuciones y competencias, institucionalidad y gestión, ingresos tributarios y otros, derechos, ordenación territorial.
En resumen, el Estatuto Autonómico de Quito permitiría profundizar la autonomía municipal capitalina, por lo que debe ser elaborado con amplia discusión, participación y respaldo ciudadano.
(Publicado originalmente en Diario El Telégrafo)
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