La Corte Constitucional resolvió admitir a trámite la acción pública de inconstitucionalidad en contra del acuerdo ministerial de agosto del 2018 que exige pasaporte y pasado judicial apostillados a los venezolanos que quieran ingresar al país y suspendió provisionalmente esos requisitos.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada el pasado 11 de marzo por la Defensora del Pueblo, Gina Benavides Llerena, y otros titulares de organizaciones de Derechos Humanos y de la sociedad civil.
La Corte ordenó trasladar su decisión al Ministerio del Interior, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría para que acaten de inmediato la resolución y en un plazo de 15 días intervengan o impugnen la resolución.
¿Ya conoces nuestro canal de YouTube? ¡Suscríbete!
Creatividad humana vs. artificial
Se reactivará la capacitación laboral
UTPL inaugura planta para la extracción de aceites esenciales en Puyo
UTPL acerca la vida universitaria a los bachilleres con la experiencia “Un día como”
La naturaleza se recupera: el sorprendente renacer de los bosques del Chocó ecuatoriano