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Copias de documentos de identidad ya no son necesarios para trámites

lunes, agosto 13, 2018
El decreto rige para todas las entidades de la Función Ejecutiva. Hay un plazo de 15 días para facilitar el acceso a las bases de datos del Registro Civil y del Consejo Nacional Electoral
Tiempo de lectura: < 1 minuto

Todas las instituciones de la Función Ejecutiva deberán eliminar de sus requisitos  la copia de la cédula de identidad y la papeleta de votación.

Eduardo Jurado, secretario general de la Presidencia, dispuso que en un lapso máximo de 15 días, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap) habilite el acceso a la base de datos del Registro Civil y del Consejo Nacional Electoral, a todas las instituciones públicas, con el fin de que puedan acceder a los datos de la ciudadanía y de esta manera evitar solicitar requisitos innecesarios.

Según la Disposición General Única del Decreto 372 se prohíbe “exigir documentos o certificados que sean producidos o se encuentren a cargo de las entidades comprendidas dentro de este ámbito para la realización de trámites o gestiones administrativas”. Para ello se recurrirá a los respectivos portales institucionales y de interconexión de información de registro de datos públicos
y acceso a otro tipo de registro de datos públicos de libre acceso a través de internet.

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