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La derogatoria de la reelección indefinida no equivale a regresión de derechos

Francisco Jose Bustamante
Universidad Internacional del Ecuador
domingo, octubre 1, 2017
La reelección indefinida para dignatarios automáticamente impediría que el anterior gobernante pueda presentarse en nuevos comicios.
Tiempo de lectura: 3 minutos

La consulta popular es una forma de garantizar la participación del pueblo en las decisiones sobre asuntos de trascendencia para el país. En Ecuador, la última vez que se desarrolló este proceso fue en 2011, por la convocatoria del expresidente Rafael Correa, quien planteó diez preguntas.

Seis años después, el actual presidente, Lenín Moreno, se apresta a realizar un nuevo llamado. Aunque todavía no se conocen las interrogantes, al menos ha esbozado una de ellas al señalar su inclinación por la alternancia en el poder. Es decir, podría proponer que se elimine la reelección indefinida a partir del año 2021, como fija una enmienda a la Constitución tramitada por la Asamblea Nacional hace un par de años.

Otra propuesta tendría que ver con la supresión o modificación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), si es que Moreno acoge el clamor que recorre por casi todo el espectro político, desde los colectivos ciudadanos hasta las más diversas organizaciones sociales. Al parecer, este tema es el denominador común de un total de 450 propuestas para la consulta presentada al Gobierno por distintos sectores.

Ardua tarea para el equipo político de Moreno, que este momento debe estar procesando esa cantidad de planteamientos. En todo caso, estamos a horas de conocer las interrogantes, ya que el mandatario tiene previsto realizar el anuncio oficial el próximo lunes 2 de octubre.

A partir de ese instante, la consulta pasará a la “cancha” de la Corte Constitucional (CC). Su dictamen, favorable o desfavorable, marcará el derrotero del proceso. La Constitución le faculta al presidente a preguntar cualquier cosa que estime conveniente en consulta, al mismo tiempo le pone una limitante: el control previo de la Corte Constitucional. Así, nueve jueces constitucionales decidirán si los temas no restringen derechos y garantías ni alteran la estructura fundamental del Estado.

Si la Corte no avala la pregunta, la consulta sobre aquella no procede. Por el contrario, un dictamen propicio dará luz verde al llamado presidencial. No obstante, entre ambos extremos hay matices. La Corte puede indicar si una o varias interrogantes se encuentran o no bien planteadas, en cuanto a su constitucionalidad, o devolver el cuestionario para que se mejore la redacción. Aunque estos serían detalles de forma.

En lo sustancial, la Corte puede dictaminar que las preguntas (una o varias) modifican la Constitución y, según ello, establecer la ruta a seguir: enmienda o reforma de la Carta. En el caso de la primera es posible hacerla mediante un trámite parlamentario, sin consultar a la ciudadanía; mientras que la segunda requiere, primero, la aprobación de la Asamblea Nacional y, luego, de los electores en un referéndum vinculatorio.

De llevarse a cabo la consulta, en la forma como está concebida inicialmente, Lenín Moreno ganaría en gobernabilidad porque, además de legitimarlo como presidente, restaría fuerza a la facción de Alianza País que es adepta a su predecesor.

En mi opinión, lo atinente a la reelección indefinida de ninguna manera equivale a una regresión de derechos, por tratarse, en primer lugar, de un asunto que no afecta a la ciudadanía (la reelección solo afecta a las autoridades), además afecta la democracia y el principio de igualdad, transparencia y alternancia en el poder por tanto debería pasar sin dificultad el control constitucional. Tampoco habría obstáculo para el cese de funciones de los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

En contraste, la eliminación de ese organismo sí implicaría cambios a la estructura del Estado, pues consta en la Constitución como una de las cinco funciones estatales. Por eso habría que tramitarla como reforma.

Según los tiempos que maneja el Gobierno, para enero o febrero de 2018 se llevaría a cabo la consulta. Esto, en el supuesto de que la Corte conceda el aval en forma expedita y de acuerdo a lo señalado en la ley. Sin embargo, en caso de establecer que se trata de reformas constitucionales, el proceso podría alargarse más de lo esperado.

De acuerdo con su normativa, la Corte Constitucional es un órgano autónomo e independiente de administración de justicia constitucional, cuya misión es garantizar la vigencia y supremacía de la Constitución, el pleno ejercicio de los derechos constitucionales y garantías jurisdiccionales, mediante la interpretación, el control y la administración de justicia constitucional.

En la práctica, el pedido de calificación de la consulta pondrá a prueba la solidez del enunciado, en razón de que mucho se ha hablado sobre las simpatías de varios integrantes del organismo hacia el expresidente Rafael Correa, actualmente convertido en el principal opositor de Lenín Moreno. Demás está mencionar que la eliminación de la reelección indefinida para dignatarios automáticamente impediría que el anterior gobernante pueda presentarse en nuevos comicios.

Visto así, el juego político para que la consulta llegue a buen puerto tendrá lugar en la Corte Constitucional. En pocas horas “el balón” pasará a manos de los nueve jueces constitucionales que la integran, por eso no hay que perder de vista la composición del organismo.

De llevarse a cabo la consulta, en la forma como está concebida inicialmente, Lenín Moreno ganaría en gobernabilidad porque, además de legitimarlo como presidente, restaría fuerza a la facción de Alianza País que es adepta a su predecesor. Todo eso dependerá de la resolución que tome la Corte Constitucional. El dictamen hablará por sí solo.

 

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