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Dinero electrónico: Súper ordena a la Junta de Política Monetaria poner plazos

viernes, enero 13, 2017
La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) dejó sin efecto el plazo de 30 días que había establecido como plazo para obligar a la banca a abrir cuentas de dinero electrónico para los clientes que así lo requirieran, en las resoluciones dictadas el 13 de diciembre y el 3 de enero. En esas resoluciones se […]
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La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) dejó sin efecto el plazo de 30 días que había establecido como plazo para obligar a la banca a abrir cuentas de dinero electrónico para los clientes que así lo requirieran, en las resoluciones dictadas el 13 de diciembre y el 3 de enero.

En esas resoluciones se establecía que la Asociación de Bancos Privados (Asobanca) deberían facilitar las actuales y potenciales transacciones de los usuarios, consumidores o entidades que hayan optado por este medio de pago, desde y hacia cuentas en el sistema financiero nacional.

La Superintendencia también prohibía a la banca privada rechazar o negar dinero electrónico. Con los cambios, ahora solo deberá prestar facilidades propias y de entidades auxiliares para que los usuarios por medio de tarjetas de débito puedan realizar recargas.

Para ello podrían tener una terminal de venta del dinero electrónico. Las condiciones y plazos serían establecidos por la Junta de Regulación de la Política Monetaria y Financiera.

Marcelo Ortega, presidente de la Comisión de Resolución de Primera Instancia, dijo que no se ha dado marcha atrás sobre las medidas para obligar a la banca privada a usar el dinero electrónico, sino que se han mejorado las condiciones para el cumplimiento.

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