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Un proyecto de AP pretende restringir acceso a los datos personales de funcionarios públicos

jueves, septiembre 15, 2016
La restricción a sitios específicos en Internet y la prohibición de acceder a datos personales de funcionarios públicos serán parte del debate legislativo del proyecto de Ley de la Protección de los Derechos a la Intimidad y Privacidad sobre Datos Personales. La iniciativa fue presentada el 12 de julio por la presidenta de la Asamblea […]
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La restricción a sitios específicos en Internet y la prohibición de acceder a datos personales de funcionarios públicos serán parte del debate legislativo del proyecto de Ley de la Protección de los Derechos a la Intimidad y Privacidad sobre Datos Personales.

La iniciativa fue presentada el 12 de julio por la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira. Según diario El Comercio, la Asamblea priorizará el proyecto en su agenda tras volver de su vacancia la siguiente semana.

El proyecto, señala El Comercio, busca, entre otros objetivos, impedir que los propietarios de bases de datos vendan la información a otras entidades con fines económicos y publicitarios, sin la autorización de sus titulares.

Según los motivos expuestos en el texto de la propuesta, esta ley busca proteger y garantizar el derecho a la intimidad y privacidad en el tratamiento de datos personales que se encuentren en bases de datos. Además se crea un registro de esas bases de datos. Las que no figuren en esta lista no podrían ser utilizadas.

Para Rivadeneira, la protección debe actuar en dos sentidos. Por un lado, establecer los derechos del titular. “Otorgar y revocar el consentimiento del uso de su información, actualizarla y rectificarla”. Y por otro, “establecer las regulaciones en el procesamiento y tratamiento de la información personal por parte de entidades públicas y privadas cuya finalidad sea exclusivamente financiera o mercantil”.

En cuanto a los datos personales de funcionarios públicos y autoridades de gobierno también hay debate. En el 2010 se aprobó la Ley de Registros de Datos Públicos. Allí se definió que el Estado tenía la obligación de proteger toda la información personal. (I)

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