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Fiscalía apelará el fallo de la CNJ, que declara inocente a Fernando Alvarado, en caso Secom

lunes, octubre 12, 2020
La audiencia se realizó vía telemática por la pandemia. Con esa decisión, también se declaró la inocencia del ex subsecretario de Comunicación Pablo Yánez, el exfuncionario de la Secom, Galo Pacheco, y el exproveedor de esa entidad, Carlos Bravo
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Los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Iván León y Daniella Camacho, determinaron la inexistencia del delito de peculado en el caso conocido como Secom. Así, este lunes, 12 de octubre, se declaró la inocencia de cuatro procesados. Entre ellos el exsecretario de Comunicación, Fernando Alvarado. “El Tribunal con voto de mayoría (León y Camacho) declara la inexistencia del delito de peculado según el Art. 257 del COIP”, señaló la Dirección de Comunicación de la CNJ a través de un comunicado. La Fiscalía indicó a través de un comunicado que apelará al fallo de los jueces.

La audiencia se realizó vía telemática por la pandemia. Con esa decisión, también se declaró la inocencia del ex subsecretario de Comunicación Pablo Yánez, el exfuncionario de la Secom, Galo Pacheco, y el exproveedor de esa entidad, Carlos Bravo. Además, se dispuso el levantamiento de “toda medida personal y real”.

Según la resolución de los jueces, que votaron por la inexistencia del delito, no se especificó en concreto el peculado. “Los verbos rectores fueron usar, permitir y utilizar, pero se debe tener claro el complemento que exige la norma, señalar en beneficio propio o de otras personas, no se subsume al caso ni se puede determinar dentro de la prueba”.

El otro miembro de este Tribunal, Iván Saquicela, no estuvo de acuerdo con los otros dos jueces en cuatro puntos y en un voto de minoría señaló la existencia de la infracción del delito de peculado y “la responsabilidad de los procesados”.

En este caso, el delito se relacionaba con supuestas irregularidades en la contratación de un camarógrafo que estaba encargado de monitorear a medios opositores y elaborar productos audiovisuales para las sabatinas de Rafael Correa. El 3 de abril del 2020, los entonces procesados fueron llamados a juicio por “existir las suficientes evidencias para presumir que cometieron el delito”.

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