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El protocolo para repatriar al Ecuador personas vulnerables fue definido por Aviación Civil y la Cancillería

jueves, marzo 26, 2020
La aerolínea que efectuará el vuelo deberá solicitar la autorización de operación de esos vuelos a la Dirección General de Aviación Civil, que otorgará por su parte la autorización de operación aérea cumpliendo la normativa correspondiente
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La Dirección General de Aviación Civil dará las facilidades técnicas y logísticas para el arribo de vuelos humanitarios con grupos vulnerables de ecuatorianos del exterior. Estos vuelos están dirigidos a menores que estén fuera del país sin sus padres o tutores legales, mujeres en estado de gestación, personas con discapacidad y de la tercera edad.

El Ministerio de Relaciones Exteriores autotizará el viaje al Ecuador de acompañantes a través de un certificado emitido por los consulados o embajadas del país de procedencia de los pasajeros.

Si una mujer embarazada debe retornar al país y está con su esposo e hijos, necesariamente debe acompañarle su cónyuge al no poder quedar solos los menores, “por lo que el grupo entero debería viajar con la persona en estado de gravidez”.

Las personas con discapacidad visual o adultos mayores necesitarán de un acompañante, así como un menor con un adulto que no sea su progenitor, ni tenga su patria potestad, pero que esté autorizado por sus tutores.

La aerolínea que efectuará el vuelo deberá solicitar la autorización de operación de esos vuelos a la Dirección General de Aviación Civil, que otorgará por su parte la autorización de operación aérea cumpliendo la normativa correspondiente.

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