En diciembre pasado una Comisión de primera instancia de la Superintendencia de Poder de Control del Mercado sacó una curiosa resolución para obligar a la banca privada a abrir cuentas de dinero electrónico de forma obligatoria, porque supuestamente hacía competencia desleal a un modelo implementado y controlado de forma exclusiva por el Banco Central del Ecuador, que no es ni nunca ha sido banca comercial.
Horas más tarde, la Junta de Política de Regulación Monetaria y Financiera sacó otro comunicado desautorizando esa obligatoriedad:
“La formulación de la política monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la función ejecutiva. (…) Dicho cuerpo colegiado reguló la gestión del sistema de dinero electrónico mediante la resolución No. 274-2016-M de 29 de agosto de 2016, que establece la participación voluntaria de las entidades financieras. (…) Por lo tanto, la resolución de la Comisión de Primera Instancia de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, no puede obligar a entidades del sistema financiero nacional a implementar la creación de cuentas de dinero electrónico”.
A comienzos de enero la Comisión de primera instancia de la Superintendencia de Poder de Control del Mercado volvió a sacar otra resolución más dura aún que hasta prohibe a la banca privada referirse al dinero electrónico en forma negativa, por cualquier medio incluido redes sociales, pero esta vez la Junta ha hecho mutis por el foro. Un extraño silencio.
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