La Ley para enfrentar el conflicto armado interno, que incluye la subida del IVA, entrará en vigencia desde este martes, 12 de marzo de 2024, después de que se publique en el Registro Oficial. No obstante, el tributo del Valor Agregado empezará con el 15 % desde el 1 abril.
El pasado 9 de febrero, la Asamblea Nacional se allanó tácitamente al veto presidencial a la Ley para enfrentar el conflicto armado interno, que permite a Noboa subir el IVA al 13 % de forma permanente y al 15 % cuando lo considere necesario.
No obstante, Noboa ya adelantó que el IVA será del 15 % desde inicios de abril. Para ello necesita de un dictamen favorable del Ministerio de Finanzas.
Explicó que lo dispondrá debido a la situación del país, que ha visto estragos por las inundaciones debido a las intensas lluvias. Además, busca igualarse en pagos a municipios y prefecturas.
Como el IVA es un impuesto de declaración mensual, cualquier cambio se empieza a cobrar desde el mes siguiente a su publicación, es decir, en este caso abril.
Otros impuestos que entrarán en vigencia
Los otros impuestos que constan en la ley sí entran en vigencia desde su publicación en el Registro oficial:
Una contribución temporal única del 3,25 % de las utilidades gravadas del ejercicio fiscal 2022, a las sociedades que obtuvieron ingresos en ese período.
Una contribución que va del 5 al 25 % de las utilidades generadas durante el período fiscal 2023, de los bancos y cooperativas de ahorro y crédito
El incremento del Impuesto a la Salida de Divisas al 5 %
Tarifa del 5 % de IVA para materiales de construcción.
Texto original de Ecuavisa