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Conoce los impuestos que entrarán en vigencia con la aprobación de la Ley para enfrentar el conflicto armado interno

Tiempo de lectura: 2 minutos

 

La Asamblea no logró ratificarse en lo que aprobaron el pasado 6 de febrero, con relación al proyecto de Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica. Con ello, se reafirma el veto parcial del presidente Daniel Noboa, en el que se ratifica el incremento al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Aunque el alza permanente de un punto es lo que más llamó la atención, la propuesta de la Asamblea también incorporó otros rubros que, a su criterio, permitirán al Estado financiar la guerra contra el terrorismo y superar el déficit en la caja fiscal.

De acuerdo a la Ley Orgánica de la Función Legislativa, si el Parlamento no se ratifica en su texto en 30 días, se entenderá que se allanó a la objeción realizada por el Presidente.

¿Cuáles son los nuevos impuestos?

Contribución temporal de seguridad: esta será del 3,25 % sobre las utilidades extraordinarias gravadas en el ejercicio fiscal 2022. Se cobrará una sola vez a las sociedades que obtuvieron ingresos (utilidades) en ese período.

Contribución especial de bancos y cooperativas de ahorro y crédito

Table with 3 columns and 9 rows.
Grupo 1 Inferiores a USD 5 millones 5%
Grupo 2 Más de USD 5 millones hasta USD 10 millones 10%
Grupo 3 Más de USD 10 millones hasta USD 50 millones 15%
Grupo 4 Más de USD 50 millones hasta USD 100 millones 20%
Grupo 5 De USD 100 millones en adelante 25%
Fuente: Asamblea Nacional

 

Texto original de Ecuavisa

https://www.ecuavisa.com/noticias/economia/impuestos-aprobacion-ley-conflicto-armado-interno-EI6794798

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