1.- Los ecuatorianos que tengan ingresos por más de $ 11.902 anuales, o $991,8 al mes, estarán obligados a declarar el Impuesto a la Renta (IR), desde enero de 2024. Los ecuatorianos con un nivel de ingresos de $991,8 mensual representan menos del 10% de la población.
La tabla actualizada para el pago del impuesto a la renta de personas naturales es la siguiente:
2.- Si se aplican todas las deducciones y la rebaja por gastos personales, el pago efectivo del impuesto a la renta es para las personas con ingresos mayores a $2.000 mensuales. Más exactamente a partir de los $2.098 al mes. El porcentaje de ecuatorianos con ese nivel de ingresos es menor al 6%.
3.- Para calcular la base imponible, es decir el ingreso desde el que aplica el pago del impuesto a la renta, se debe: Sumar todos los ingresos (sueldos, comisiones y horas extras) y restar el aporte al IESS.
Si es profesional en libre ejercicio (sin relación de dependencia), se pueden restar todos los gastos relacionados directamente con la actividad económica.
4.- Para poder reducir sustancialmente el pago del impuesto a la renta, se puede aplicar la rebaja por gastos personales. Para esto, el primer paso es presentar el formulario de proyección de gastos personales a su empleador (relación de dependencia) en enero de 2024.
5.- Según la normativa vigente, la rebaja o deducción por gastos personales depende del número de cargas familiares. Entre más cargas, se puede aplicar a mayor descuento. El monto máximo deducible es de $15.294 al año o el equivalente a 20 canastas básicas.
Las personas que tienen cargas familiares (cónyuges, hijos o padres) con enfermedades catastróficas, raras o huérfanos (para ello deberán presentar certificado médico del MSP o del IESS) tendrán derecho al máximo de gastos deducibles de $ 15.294 al año, sin importar el número de personas que integren el hogar.
Para que un padre sea considerado como carga familiar, se deberá llenar una carta de consentimiento y adjuntar una copia de la cédula.
Para el caso de cónyuges e hijos se deberán adjuntar copias de cédulas donde conste el parentesco o relación. No podrán tener la misma carga familiar dos contribuyentes a la vez.
6.- La Ley de Fortalecimiento de la Economía Familiar, que se aprobó mediante decreto ley en junio de 2023, los gastos personales que se pueden deducir incluyen las siguientes categorías:
–Vivienda (arriendo, intereses de hipotecarios, servicios básicos)
–Salud (honorarios médicos, medicinas, lentes, prótesis, seguros médicos, deducibles)
–Educación (matrículas, pensiones, uniformes, útiles, arte y cultura)
–Alimentación (pensiones alimenticias, compras de alimentos y comidas preparadas en restaurantes)
–Vestimenta
–Turismo local (en establecimientos registrados y con licencia)
–Gastos para el cuidado de mascotas (incluir gastos de comida o veterinarios en rubros alimentación y salud).
Con información de La Hora