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Alerta naranja en Quito por casos de Ómicron

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El Municipio de Quito informó este miércoles que la capital cambió el nivel de alerta epidemiológica de amarillo a naranja, por el aumento de casos de covid-19 y la propagación de los infectados por la variante Ómicron.

A ese nivel de alerta corresponden diversas medidas que tienen que ver, especialmente con el nivel de aforo para las diferentes actividades.

Se estableció que, bares y discotecas, centros de entretenimiento, centros de tolerancia y diversión nocturna, mantendrán un aforo del 30%.

Dentro de los balnearios municipales, el aforo permitido es máximo del 50% y un horario para uso de sus instalaciones, desde las 06:00 hasta las 18:00.

Centros comerciales, mercados, supermercados y gimnasios se contempla un aforo del 65%.

En las agencias bancarias y corporativas será permitido el aforo del 60%. Mientras que, cines, teatros será del 50%.

Auditorios, centros de convenciones alojamiento, sala de recepciones y eventos corporativos y académicos que se realicen en el interior será del 70% y los eventos que se realicen al aire libre se permitirá el 80% de aforo. Los espectáculos públicos se reducen al 30%.

En cuanto a los aforos en el transporte público, se resolvió su reducción al 75%. Esta medida será revisada durante la primera semana de enero, de acuerdo con los indicadores epidemiológicos y su evolución.

En cuanto al consumo y expendio de bebidas alcohólicas y de moderación en espacios públicos, se dispuso la aplicación de la Resolución A14 2021, que veta su ingesta en este ámbito en la vía pública.


Además, se acogió la recomendación del COE Nacional para exhortar a la ciudadanía en general para que mantenga los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social, uso correcto de mascarilla, lavado frecuente de manos, no permanecer en sitios sin ventilación y acudir oportunamente a los centros de vacunación, de conformidad al plan dispuesto por el Ministerio de Salud Pública.

Sobre la quema de monigotes a cielo abierto y uso de pirotecnia, se dispuso la respectiva sanción ante las infracciones del caso que debe ejecutar la Agencia Metropolitana de Control.

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